Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
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    Julian7
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    agosto 2007


    Según el RD 486/1997 la temperatura de trabajo de un lugar de trabajo debe oscilar ente 17 y 27ºC si es sedentario y 14 y 25ºC si no lo es. Cuando es una cocina de un restaurante,¿donde se legisla?porque con 31ºC que tiene no cumple, apesar que por la espalda tiene la salida del A/A y se está bien. Los trabajadores están encantados. Pero no cumple,no?

    #87361 Agradecimientos: 0
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    agosto 2001


    Si mides la temperatura en plancha, fogones, horno, etc es imposible que de la temperatura.
    Deberías medir en toda la cocina y lo más aconsejable sería un estudio de estrés térmico en un día de mucho calor (si hay puertas que dán a la calle o paredes solanas, etc).

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  • El debate ‘ temperatura en cocinas’ está cerrado y no admite más respuestas.