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  • #18640 Agradecimientos: 0
    DUNCAN
    Participante
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    abril 2003


    ¿Que temperatura deberían tener estso locales en las zonas privadas donde se realizan los servicios (habitacion y baño)? ¿Y en el bar, donde hay camareros y personal de sala?

    #174618 Agradecimientos: 0
    delair
    Participante
    0
    enero 2003


    El intercambio térmico entre la persona y el
    medio ambiente está controlado por 4 variables ambientales:
    • La temperatura del aire.
    • La humedad del aire.
    • La velocidad del aire.
    • La temperatura radiante media.
    Para efectuar una evaluación de la agresividad térmica de un ambiente será necesario tener en cuenta las 4 variables.
    El más empleado de ellos es el denominado índice WBGT que se calcula a partir de la combinación de varios parámetros ambientales.
    Este índice se calcula mediante la siguiente ecuacion:
    WBGT = 0,7 THN + 0,3 TG (en interiores)
    donde:
    WBGT = valor del índice WBGT, °C
    THN = temperatura húmeda natural, °C
    TG = temperatura de globo, °C
    WBGT = 0,7 THN + 0,3 TG (en interiores)
    La temperatura húmeda natural es la indicada por un termómetro ordinario, no está sometido a ventilación forzada y protegido contra la radiación térmica.
    La temperatura de globo es la que indica un termómetro ordinario cuyo bulbo se
    encuentra en el centro de una superficie esférica metálica. En estas condiciones la indicación del
    termómetro se denomina temperatura de globo, y depende de la temperatura del aire, de
    su velocidad y de la temperatura radiante media. Al emplear el termómetro de globo debe
    colocarse en la misma posición que ocupa el trabajador durante su trabajo. El termómetro utilizado debe tener una escala de medida comprendida entre 20 ºC y 120 ºC y una precisión mínima de ± 0,5 ºC hasta 50 ºC y de ±1 ºC hasta 120 ºC.
    En una oficina o similar, el valor normal de la temperatura de globo es de 1 o 2 grados por encima de la temperatura del aire (seca).

    #174619 Agradecimientos: 0
    DUNCAN
    Participante
    0
    abril 2003


    Muchas gracias por tu ayuda. Saludos.

    #174620 Agradecimientos: 0
    Dogie
    Participante
    3
    0
    septiembre 2002

    Iniciado

    Las condiciones ambientales de los lugares de trabajo estan reguladas por el RD 486/97 en España. EN ese decreto se fijan unas condiciones de entre 17 y 27 grados , entre el 30 y 70% de humedad y una velocidad de aire inferior a 0,25m/s. Las temperaturas recomendadas en la guia que acompaña a este decreto estarian en 20-24 ºc para invierno, 23-26ºc verano ( por la diferencia de ropas invierno-verano), y un 40/60% de humedad, no debiendo superar los valores de 0,25 m/s de velocidad de aire en verano y 0,15 m/s en invierno, para conseguir un cierto confort en una situacion de trabajo sedentario. Para trabajos con esfuerzo fisico mayor se reducen algo mas las temperaturas, y si los valores de temperatura o el nivel de esfuerzo fisico es importante habria que analizar el trabajo con el indice WBGT que vendria a analizar si con esa humedad, temperatura, ropa ( en este caso poca o ninguna) velocidad de aire, y esfuerzo fisico el cuerpo humano es capaz de evacuar satisfactoriamente el calor que produce.

    En España la prostitución no esta legalizada ( sino que alguien me diga en que epigrafe de hacienda o la seguridad social esta) , asi que la temperatura que tengan los lugares donde esas señoritas de afecto negociable y moral distraida o simplemente esclavas de repugnantes traficantes de carne humana no es cuestión de la inspeccion de trabajo, porque serían cuestiones entre esas dos o mas personas. No se reconoce relacion laboral y menos para eso. Si las tienen inscritas como camareras o limpiadoras evidentemente esto no seria una cuestion de ese tipo de trabajo. Como mucho estarian en las condiciones que determina el reglamento de calefaccion y agua caliente sanitaria, pero evidentemente tampoco especifican las casas de lenocinio.

    Para el resto de empleados del local si, porque su actividad seria la hosteleria (menudo eufemismo para el trafico de seres humanos).

    En cualquier caso antes de que un inspector de trabajo visite un club de alterne pasaran años y tu preocupacion sera mas bien si aparece un inspector de policia para verificar que no sois unos asquerosos traficantes de carne humana ( aunque peor opinion tengo de vuestros clientes) , y me sorprende que en un foro serio como pretende ser este preguntes semejantes cosas.

    #174621 Agradecimientos: 0
    akguirao
    Participante
    2
    marzo 2006


    En cualquier caso, auqnue el trabajo realizado sea ilegal o alegal, las condiciones del mismo no deberían de ser inferiores a las de cualqueir otro trabajador.
    Ya es bastante jodido su “trabajo”, especialmente apra aquel@s que no lo hacen por su propia voluntad, como para que además las condiciones sean inadecuadas.

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