- Este debate tiene 23 respuestas, 12 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años, 2 meses por Patricia Balsemao.
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Vpreven tiene razón, es lo que se esta haciendo en muchos SPA's. Se financian a través de la Fundación tripartita (cotizaciones a la Seguridad Social) y a las empresas les sale a un coste muy reducido. Te has de asegurar que sean Centros de formación o SPA's acreditados.
En la FLC, van algo agobiados y estan dando fechas para dentro de algunos meses.
SaludosPer vamos a ver:
¿Quién puede solicitar la Tarjeta Profesional
de la Construcción?
1. Los trabajadores en alta, o en situación de incapacidad temporal, que presten sus
servicios en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General
del Sector de la Construcción.
2. Los trabajadores en desempleo siempre que tengan acreditados, al menos, treinta días
de alta en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General del
Sector de la Construcción, en el periodo de doce meses inmediatamente anterior a la
fecha de la solicitud.Es decir, TRABAJADORES A LOS QUE LE ES DE APLICACIÓN EL CONVENIO DE CONSTRUCCIÓN.
Los convenios no se aplican a los autónomos.
Por lo tanto, un autónomo, no puede obtener la TPC.NO, los autónomos, (mirad el IV convenio de la construcciñón) no pueden pedir la TPC
yo a mis alumnos que sean autonomos NUNCA les doy la solicitud para la TPC. Es cuestion de normativa. Con el diploma (del aula permanente mas las 20h de oficio) ya les vale para aceder a cualquier obra, por lo que han comentado algunos foreros. El problema es que, por desconocimiento, algunos técnicos de prevención piden doc en las obras que no corresponden…Vamos, nos ha pasado a todos, no os ofendais). Saludazo!
una pregunta ¿la formacion para la targeta no incluye las 20h? por que leo:almenos incial 8h
¿eso quiere decir que no son olbligatorias?
thxPara la obtencion de la tarjeta, hay que realizar el curso de 8 horas, y no incluye el de 20. Ese hay que hacerlo aparte.
Como ya comenté antes, el tema de las 20 horas queda como sigue:
– 14 horas comunes para todos los oficios (y no se para que queremos uno de 8 antes)
– 6 horas especificas diferenciadas por oficios. Al menos hay que tener un oficio realizado, para tener las 20 horas. Si un trabajador hace el curso de 20 horas de albañileria (14+6), y quiere sacarse el de electricidad, por ejemplo, solo tendria que ahcer 6 horas y no 20.
¿Será por horas?
Yo todo esto lo veo como una manera de desesperar a los trabajadores en la formación. Porque a veces perdemos la prespectiva: la formacion debe ser util para que no haya accidentes, no para acumular horas y horas para tener el famoso papelito o tarjeta.
el convenio de construcción no prevee los cursos de “electricidad”, ya que se trata de un area del convenio del metal.
SaludosArticulo 150 de IV Convenio de la construccion Contenido formativo para electricidad:
“El contenido formativo para electricidad, cuyo módulo tendrá una duración
mínima de 20 horas, se esquematiza de la siguiente forma:A. Definición de los trabajos.
• Centros de transformación.
• Líneas generales.
• Instalación provisional de obra.
B. Técnicas preventivas específicas.
• Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta.
Evaluación de riesgos en el caso de que no exista plan.
• Protecciones colectivas (colocación, usos, obligaciones y
mantenimiento).
• Protecciones individuales (colocación, usos, obligaciones y
mantenimiento).
C. Medios auxiliares, equipos y herramientas.
• Escaleras.
• Pequeño material.
• Equipos portátiles y herramientas.
168.-
D. Verificación, identificación y vigilancia del lugar de trabajo y su entorno.
• Riesgos y medidas preventivas necesarias.
• Conocimiento del entorno del lugar de trabajo y del tránsito por el
mismo. Planificación de las tareas desde un punto de vista
preventivo.
E. Interferencias entre actividades.
• Actividades simultáneas o sucesivas.
• Previsión de las necesidades de los diferentes equipos eléctricos.
F. Primeros auxilios y medidas de emergencia.
• Conocimientos específicos básicos. Objetivos y funciones.
G. Derechos y obligaciones.
• Marco normativo general y específico.
• Organización de la prevención.
• Fomento de la toma de conciencia sobre la importancia de
involucrarse en la prevención de riesgos laborales.
• Participación, información, consulta y propuestas.”llevas razon, distracion mia…
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