- Este debate tiene 9 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 20 años, 7 meses por Abreu.
-
AutorEntradas
-
Somos una empresa constructora que ha contratado los servicios de otra empresa como subcontrata, resulta que esta empresa que ha firmado un contrato con nosotros, se ha acogido a nuestro plan de seguridad, y ahora resulta que ha cambiado de titularidad, ha pasado a ser otra persona, la mujer del dueño, la titular del negocio, mi pregunta es ¿tenemos que hacerle un nuevo contrato y volver a realizar todos los tramites?
En la redacción del contrato yo creo que sí debe cambiar, porque ahora el dueño es otro , pero si en la adhesión al Plan no se hace referencia al titular de la empresa, y el nuevo titular no tiene problema en acogerse a tu Plan, yo no veo necesario repetir este trámite.
Entiendo que a Vdes, les falta alguna persona, Tecnico en Riesgos Laborales,lo cualles
recomiendo con toda urgencia, pero contestandote a ello, solo teneis que reflejar el cambio en Protocolo
Saludos CANARON
Hola, Agilm: A los efectos preventivos, OLVIDATE DE LA ANTIGUA EMPRESA Y FIJATE EN LA NUEVA. Da de baja a la primera, a todos los efectos y ARRANCA CON LA SEGUNDA COMO SI DEL PRIMER CONTACTO SE TRATARA. Protocoliza y exige TODO de nuevo, incluso aquellos aspectos que te parezcan repetitivos. Cualquier otra solución podrá crearte conflicto en el futuro. Desde el punto de vista laboral general, comprueba la puesta al día de la empresa cesada en asuntos sociales (nóminas, seguridad social), pues tú eres RESPONSABLE SUBSIDIARIO de posibles débitos relacionados con trabajadores actuantes en tus centros de trabajo.
Recuerda: TODO NUEVO, ES UNA EMPRESA SUBCONTRATISTA MAS QUE ANTES NO TENIAS.
Saludos – Eulogio Sánchez.
Saludos cordiales para todos.
Estimado Agilm. En esta sociedad hay mucho trámite burocrático y todo ha de constar formalmente por escrito si quieren hacer bien las cosas y evitar tener problemas legales.
Si se queda más tranquilo, puede tramitar nuevamente toda la documentación pertinente ó, en su defecto, formalizar por escrito mediante anexo al contrato que firmaron en su día, dicho cambio y/o cesión de titularidad a la fecha actual. Pero no olvide que tanto en un caso como en otro, deberán pedirle a la subcontrata copia del cambio de sociedad y/o titularidad, firmada ante notario. Concretamente de la página donde conste dicha cesión entre titulares. Asimismo, deberán presentarles esa misma documentación de cambio de titularidad del SPA que les gestione la acción preventiva. El SPA no formalizará un nuevo contrato por los servicios que les preste (PRL y/o VS), sino que adjuntarán anexo a los mismos.
Llevar a cabo la transformación de esta forma conlleva un trámite burocrático menor, en menos tiempo y los documentos son tan válidos como los anteriores a efectos de presentarlos ante cualquier Autoridad Competente (Laboral y/o Laboral) que se los reclame. Recuerden que como empresa principal son los máximos responsables en materia preventiva.
No obstante, puede consultarlo con su asesor laboral (en caso de contar con sus servicios) y contrastar esto.
Un saludo.
Marian.
segun mi punto de vista ahora tienen otra empresa contratada, por consiguiente 1º deberia relaciones con la empresa anteriory 2º abrir con la empresa aunque no veo mayo r problema que sigan con las mismas reglas en cuanto al trabajo en si…
NOTA:si el cambio de empresa es solo en el nombre de fantasia, (ESE ES EL DISTINTO AL QUE FIGURA A VUESTRO EQUIVALENTE A SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS)………………….NO deberia haber cambio porque ese nombre no tiene mayor relevancia, pero si el numero de la empresa, su razon social y otros datos son diferentes haz lo que aconsejo
adios y suerte
Si la empresa sigue siendo la misma no hay por qué. Si la además del titular ha cambiado la sociedad, pues sí, como cualquier otro contrato.
Un saludo.
Muchas gracias a todos, pues si eso me parecia a mi , para no complicarme la vida como si fuese una empresa nueva y ya esta.
Gracias.
Es una pregun ta más jurídica que de PRL, creo que deberías consultar con un abogado.
SI, ya que una nueva empresa supone una Actividad Preventiva distinta a la anterior, distintos trabajadores, y posiblemente distintas formas de ejecutar obras.
-
AutorEntradas
- El debate ‘ subcontrata cambio titular’ está cerrado y no admite más respuestas.