Para mí la investigación a la que haces referencia, por el tema de coordinación de actividades empresariales, no es que la tenga que hacer la empresa del trabajador accidentado y la empresa principal, si no que se tiene que hacer conjuntamente. Si el servicio de prevención de la empresa es un SPA, de mutua o privado, y en los servicios incluye la investigación de accidentes, tiene que hacerla, pero no por el accidentado, si no poque es una de las funciones del servicio de prevención.
Otra cosa, al final de este proceso se tiene que investigar al resto de subcontratas el contenido de la investigación, y coordinar con ellas todas las medidas necesarias para evitar que vuelva a ocurrir un accidente similar.