Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #56915 Agradecimientos: 0
    Petit
    Participante
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    abril 2003


    En primer lugar quiero aprovechar para felicitar el nuevo año a todos los foreros, así que FELIZ AÑO!
    Bien, os pongo en antecedentes. Soy técnico superior en prevención de riesgos laborales. Hasta ahora mi experiencia viene de unos 5 años realizando mis tareas en SPA's, ahora me han contratado en un grupo de empresas para crear un Servicio de Prevención Mancomunado y me surgen algunas dudas. Así que ahí van:
    1. Según he podido leer en la legislación (R.D.604/2006) en el punto siete que modifica el apartado 2 del artículo 21, dice … las condiciones en que dicho servicio de prevención debe desarrollarse deberán debatirse, y en su caso ser acordadas, en el seno de cada uno de los Comités de Seguridad y Salud de las empresas afectadas. ¿Que significa esto? ¿No se puede crear el servicio de prevención mancomunado si alguno de los Comités tiene algo en contra? ¿se tienen que negociar las condiciones que no les parezca bien? En principio lo que tengo pensado hacer es presentar el acta de constitución del servicio de prevención mancomunado en la reunión de comité y así registrarlo en acta y darlo por validado. ¿os parece bien?
    2. Yo estoy contratado como técnico por una de las empresas que forman el grupo. ¿Se debe crear una empresa aparte para la creación del servicio de prevención mancomunado? O ¿se puede funcionar estando yo contratado por una de las empresas?
    3. ¿Se tiene que hacer un seguro de responsabilidad civil para el servicio de prevención mancomunado?
    4. Mientras se crea el servicio de prevención se siguen realizando las tareas de prevención a través del SPA, mientras la empresa me ha encargado que para adelantar vaya haciendo formación a los trabajadores. ¿Será válida la formación que realizo si actualmente no soy ni SPM, ni trabajador designado, … sólo un trabajador de la empresa que tiene el título de T.S.PRL?

    Bien seguramente me irán saliendo más consultas a medida que me vaya poniendo en el tema. Pero para empezar no está mal.
    Agradezco de ante mano vuestra paciencia y atención.
    Muchas gracias y un saludo,

    Xavi.

    #316532 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    1º- Citas uno de los CSS´s cuando en realidad debe ser el CSS central o representativo a nivel global empresa. El acuerdo será entre la propia Dirección de la empresa y el citado CSS, éste por parte de los trabajadores.
    2ª- Puedes fomalizar un Servicio P. M. dentro del grupo, con autonomía con respecto a otras áreas, tales como RR.HH, Producción, Servicios, …
    3º- El seguro de R.C será único, por tanto, incluye a todo el personal y áreas integradas en dicho grupo.
    4º- Debe estar formalizado previamente tal SPM, para funciones de formación, independiente éstas la realice el SPA, si así está concertado ( véase acuerdo con el mismo).
    Saludos y buen año.

    #316533 Agradecimientos: 0
    willy1511
    Participante
    0
    febrero 2003


    Buenas tardes..
    Me surge una duda en el articulo 15 del RD 39/97, un tecnico de prevención puede llevar tres especialidades en un servicio de prevención propio o solo dos?…
    muchas gracias..

    #316534 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Obligacion de consulta, no vinculante,para contratar con cualquier servicio de prevención o tipo de organización preventiva.

    Willy, El tecnico puede llevar las 3 o 4 especialidades (si es medico del trabajo y puede con ello, claro).

    #316535 Agradecimientos: 0
    caro
    Participante
    1
    6
    septiembre 2005

    Iniciado

    Yo tengo otra duda respecto al tema SPM. Trabajo en uno y hoy he descubierto en la página de la generalitat que hay un tipo de memoria anual para presentar. ¿alguien sabe si es obligatorio? yo hasta ahora sólo lo había visto para los SPA's y cuando he visto que parece que aplica a los SPP y SPM, me ha sorprendido un poco porque nunca antes lo había visto..
    Nosotros realizamos una memoria anual con carácter interno, pero nunca nos habíamos planteado tener que presentar dicha memoria en la generalitat.
    Gracias anticipadas

    #316536 Agradecimientos: 0
    JP74
    Participante
    0
    abril 2007


    Por si te sirve, yo trabajo en un SPP y no presentamos memoria fuera de la empresa.

    #316537 Agradecimientos: 0
    jomaot1
    Participante
    0
    noviembre 2007


    Hola Xabi: estoy en la misma situación que tu, estoy creando un SPM ( soy medico del trabajo) y me gustaría saber que pasos estas dando.
    En principio me he reunido con la Autoridad Laboral y me han dicho que es mucho mas sencillo que acreitar un SPA:
    1/ no precisa compras de aparatos de medicion higienica.
    2/ un tecnico puede abarcar 3 ( o 4 especialidades medico o DUE empresa)
    3/ puedes acreditarte en 2 especialidades ( no es necesario que sean las 4.

    #316538 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola Jomaot1,

    Si quieres pasame tu e-mail y me pongo en contacto contigo.

    Un saludo,

    Xavi.

    #316539 Agradecimientos: 0
    jomaot1
    Participante
    0
    noviembre 2007


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