Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #42783 Agradecimientos: 0
    jiegarzo
    Participante
    0
    junio 2003


    Quién responde del riesgo de los trabajadores de calle? el empresario no puede controlar que el metro y las aceras estén perfectas, pero algo podrá hacer, o no?

    el accidente de trabajo será mientras se trabaja, pero quién es el responsable, yo entiendo que el trabajador,

    estoy perdido en este asunto, alguien puede ayudarme?

    #268390 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    No perdamos el tino. El empresario garantizará la seguridad del “centro de trabajo”, no de España.

    La seguridad o inseguridad a que te refieres es competencia del Ayuntamiento (aceras en buen estado, pavimentos, etc) y del Ministerio del Interior (fuerzas de seguridad del estado) que garanticen el orden y la integridad de ciudadanos y viandantes. Esto el empresario lo presupone. No creo apropiado dé “fomación” en técnicas de defensa personal a los trabajadores o los dote de epis para eventuralidades en la vía pública.

    #268391 Agradecimientos: 0
    Jose Mª A.C.
    Participante
    0
    agosto 2001


    Si el trabajador debe utilizar el coche, u otro vehículo, éstos deben estar en buen estado. Si hace turnos “raros”, tiene que desplazarse muchos quilómetros, etc. deberá permitirle tiempos de descanso suficientes.

    Si va a coger el transporte público, pues por lo general, poco puede hacer el empresario, aunque en algunos casos sí que existan ciertos riesgos que se pueden evitar (por ejemplo, evitar llevar mercancías de gran valor).

    En el caso que tenga que hacer dietas y luego conducir, ojo con el tema del alcohol. En ese caso, lo único que se puede hacer es formación e incluso, vigilancia de la salud de forma obligatoria (daños a terceros).

    Un saludo.

    #268392 Agradecimientos: 0
    chc
    Participante
    0
    septiembre 2003


    Si el operario está trabajando por cuenta ajena, el responsable siempre es el empresario, excepto si se demuestra por juicio que el trabajador ha cometido una imprudencia temeraria. Te aconsejo que leas el R.D.Legislativo 1/1994 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, el R.D.L. 1/1995 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y la Ley 31/1995, por la que se aprueba la Ley de Prevención de Riesgos Laborlaes. TENDRAS LAS COSAS MAS CLARAS.

    #268393 Agradecimientos: 0
    caveto
    Participante
    0
    marzo 2003


    El empleador es quien asume el accidente porque cuando se inicia una empresa dentro de lo que se debe evaluar son los riesgos a los que se tendra que enfrentar, y si mi empresa trabaja en la calle tengo que asumir los riesgos que esta me impone y yo tendre que buscar estrategias para entregar y entrenar a mis trabajadores de tal forma de minimizar o avitar que se accidenten.-

    Hay que recordar que cuando no puedo actuar sobre la fuente del riesgo tengo que hacerlo entregando las herramientas para minimizar o evitar el accidente al trabajador.

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • El debate ‘ seguridad de los comerciales.’ está cerrado y no admite más respuestas.