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  • #37015 Agradecimientos: 0
    Engi
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    julio 2002


    Hola a todos..!!!. Les escribo desde Honduras. Trabajo para una empresa de costura (confeccionamos ropa interior). He estado realizando mediciones puntuales de ruido con un dosimetro en algunos empleados expuestos a ruido. Los resultados del nivel equivalente continuo (leq) se encuentran por encima de los 85dbA (87, 88, 89 90, hasta 92); los tipos de ruido a los que los empleados estan expuestos son de distinto tipo, algunos continuos, otros intermitentes, otros fluctuantes, etc. Se que es necesario el uso de proteccion auditiva, mi pregunta es la siguinete. Cual es el dato mas importante tomar en cuenta a la hora de evaluar ruido, el nivel de exposicion al mismo en relacion con el tiempo, las concentraciones de ruido independientemente del tiempo, o solamente el Leq. Espero haberme explicado bien. Nuestras leyes en ruido con respecto a los niveles de exposicion son exactamente iguales a las de ustedes. El valor limite permisible superior es 85dbA…. saludos desde la San Pedro Sula, Honduras….

    #250675 Agradecimientos: 0
    majitobarreno
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    abril 2002


    No se a qué te refieres cuando dices “nivel de exposición al mismo en relación con el tiempo” o a “las concentraciones de ruido independientemente del tiempo”. En España la normativa establece unos niveles máximos de ruido equivalente diario (LAeq,d) con ponderación A y otro nivel de pico máximo (140 dB). Estos niveles de momento son 80, 85 y 90 dB(A). Este es sin duda el dato más importante porque es al que hace referencia la normativa.

    #250676 Agradecimientos: 0
    Mauro_ba
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    abril 2004


    Compañero. Los valores que mediste son los típicos en una empresa confeccionista de ropa interior.

    Debes desarrollar una politica para que el personal use los protectores auditivos. En general, con protectores auditivos de tapón y con un cordón que una ambos, resolves el problema. Si usas los protectores auditivos de copa, en general el personal va a usar walkman o discman y el problema va a ser mayor. Esos equipos debes prohibirlos.

    Lo mas difícil es que el personal se acostumbre a usarlos. Por eso debes realizar auditorias periódicas y aplicar las sanciones que la ley de prevención de Honduras contemple.

    En Argentina el Nivel Sonoro Continuo Equivalente NSCE para 8 hs de trabajo diario permitido es de 90 db(A).

    #250677 Agradecimientos: 0
    JCRG
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    abril 2004


    La OMS da ciertos valores sobre los cuales exposiciones a niveles de ruido superiores a un tiempo determinado producen efectos sobre la salud. Desde luego, todos los niveles que se suelen relacionar con la salud son el nivel de presión sonora equivalente ( LeqT ). No sé como funciona un dosímetro ?, en cualquier caso las medidas con cualquier sonómetro convencional, te da el tipo de ponderación A, que es el aceptado por la comunidad internacional, no tanto por la fiabilidad, relación de molestia, valor en decibelios mostrada, si no por que existen diversos trabajos científicos que relacionan salud con los decibelios A.

    Yo tomaría una jornada laboral singular, que no venga precedida de ningún tipo de acontecimiento extraño, y tomaría una muestra contínua del nivel sonoro equivalente durante toda la jornada laboral. Ese valor es el que debes de mirar. En cualquier caso los sonómetros incorporan dos mediciones instantáneas, por lo general Lfast y Llow, tomadas cada 1s y cada 125 ms, sus valores máximos podrían darte una idea sobre los picos en los que te mueves, así como los percentiles ( L10, L50 y L90 ) aunque éstos últimos no tienen citas bibliográficas que demuestren los efectos sobre la salud.

    Te recuerdo que el ruido no son concentraciones propiamente dichas, sino dB, escala logarítmica de la intensidad sonora ( w/m2 ) y que el Leqt no es más que un promediado exponencial. Una media aritmética de decibelios es una auténtica brutalidad.

    saludos y suerte

    #250678 Agradecimientos: 0
    gleon
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    agosto 2003


    Cuando uno quiere evaluar el riesgo en cuanto al ruido, es importante el dato del nivel de exposición respecto al tiempo. En toda norma vas a ver que el valor máximo permitido se basa en un tiempo de exposición (normalmente 8 horas) y a mayores niveles de exposición se permite tiempos menores de exposición, y viceversa, a menores niveles de exposición se permiten mayores tiempos de exposición.

    Sería bueno que analices si tus trabajadores permanecen en un sólo punto, o si sus tiempos de permanencia en cada área son constantes. De no ser así (sumado a los tipos de ruido variabes que tienes) tus mediciones puntualesno serán representativas de la exposición real. Te recomiendo realizar mejor dosimetrías de ruido.

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