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    arqus123
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    junio 2002


    Apreciados compañeros, en una obra un trabajador sea cual sea su cometido en la misma, debrá pasar obligatoriamente un exámen médico anual, no pudiendose negar al mismo por estar incluido en en anexo I.

    Muchas gracias por la aclaración.

    #246081 Agradecimientos: 0
    A_Lopez
    Participante
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    abril 2004


    La vigilancia de la salud es un derecho que tienen los trabajadores y que el empresario está obligado a ofrecerlo. Será obligatorio cuando el estado de salud del trabajador pueda suponer un peligro para él o para otras personas y actividades de especial peligrosidad previo informe a los representantes de los trabajadores.

    Entiendo que sólo es obligatorio para los trabajadores que realicen estas actividades no para todos los trabajadores de la empresa.

    Saludos

    #246082 Agradecimientos: 0
    Cocar
    Participante
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    agosto 2003


    Como todo en la Ley está poco claro. En construcción por convenio lo que obliga es al reconocimiento médico inicial sin hablar de los periódicos, y en la Ley como dice el compañero establece la obligación para la empresa de ofrecerlo, y la voluntad del trabajador a hacerselo. Pero el problema esque cuando habla de las excepciones ( en la LGSS ), son tantas y tan poco claras que casi en todos los casos podría obligarse a un trabajador a someterse al reconocimiento médico periódico.

    De todas formas ni los médicos lo tienen claro.

    #246083 Agradecimientos: 0
    JULEO
    Participante
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    junio 2004


    Buenas Arqus!

    Entiendo que es vuestro servicio de Prevención, el que os lleva el tema de la vigilancia de la salud el que os debe indicar en que puestos es obligatorio el reconocimieno médico.

    Si la persona se niega hay que informar a los delegados y que le hagan pasar el reconocimiento, sobre todo si por su trabajo puede poner en peligro a otras personas.

    Espero haberte ayudado

    Un saludo

    Julián

    #246084 Agradecimientos: 0
    009
    Participante
    0
    octubre 2002


    el servicio de prevencion debe de obligar al trabajador a pasarlo, pues de no hacerlo no estaria acto para el trabajo, con lo cual habria que darlo de baja.

    #246085 Agradecimientos: 0
    lauranf
    Participante
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    enero 2003


    las revisiones no son obligatorias salvo, que el trabajador pueda poner en peligro su vida o la de los demas

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