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  • #67946 Agradecimientos: 0
    ana9283
    Participante
    1
    6
    noviembre 2005

    Iniciado

    Aunque la Ley diga que la ER se debe revisar en ciertos supuestos (cambios en los procesos, que surja de la investigación de accidentes…), es mejor revisarla cada año aunque no se hagan cambios (pero se actualize la fecha).
    Gracias

    #399003 Agradecimientos: 0
    muer-d
    Participante
    15
    12
    octubre 2007

    Iniciado

    UNA INSTALACION QUIMICA PODRIA ESTAR JUSTIFICADO EN UNA OFICINA PUES TU MISMA
    DEPENDE DEL EVALUADOR Y EL CONCIERTO

    #399004 Agradecimientos: 0
    riesgono
    Participante
    0
    julio 2002


    En mi opinión revisar una evaluación para cambiar la fecha no tiene sentido, yo dedicaría ese tiempo a revisar la evaluación, a fondo, que seguro que hay situaciones, trabajos, tareas, etc que se pueden revisar y motivan más tal revisión, sino hay “ni un solo cambio” yo no la actualizaría, no perdería el tiempo,

    #399005 Agradecimientos: 0
    Pierote
    Participante
    10
    0
    junio 2007

    Iniciado

    Ana9283,

    me parece que ya algo de ésto fue tratado por mi en una anterior ocasión;

    una ER se debe hacer al princio de todo, en forma completa, esto es, realizar un catastro de riesgos higiénicos y a continuación evaluar lo que el catastro, gracias a mi jucio profesional, mee dice que es necesario evaluar;

    el segundo paso, luego del catastro, es medir y evaluar la magnitud del resgo, pero ahora en forma objetiva, para lo lo que antes debo realizar medicones;

    según el resultado de estas mediciones, además de actuar para reducir el riesgo donde las mediciones me dijeron que era inaceptable, se debe establecer fechas para realizar nuevas evaluaciones y nuevas recomendaciones para reducir el riesgo;

    las fechas para nuevas evaluciones, revisar el catastro anterior y realizar nuevas mediciones y evaluaciones si es necesario se fija en consideración a las siguientes cuestiones básicas importantes: magnitud del riesgo evaluado, tipo de daño que generan los agentes detectados y medidos, cantidad de trabajadores que pueden ser dañados;

    mientras más altoss sean los valores que se dben anotar o medir, la frecuencia de nuevos catastros y evalaucines se dben acortar, alargándose los plazos sólo si las malas condiciones de trabajo se modifican;

    es tu juicio profesional el que te debe conducir a determinar con un alto grado de confiabilidad la frecuencia de estas actividades preventivas;

    además de esta forma de determinar la frecuencia, tus observaciones e inspecciones te deben conducir a determinar fechas extraordinarias para realizar nuevos catastros y evaluaciones (cambio de personal, de equipos, de operaciones y procesos, de materias primas, de energías utilizadas, otros),

    el catastro, la medición, las observaciones e inspecciones, las evaluacioes, además de obligarte a reformar o generar nuevas recomendaciones, te obligan a fijar nuevos plazoz para realizar nuevos catastros y otros;

    la prevención de riesgo es una actividad cotidiana, que se debe hacer de manera de adecuar nuestra actividad a lo que observamos, inspeccionamos medimos, evaluamos; es una actividad dinámica, que todos los días debe ser tomada como novedosa, no es estática,

    saludos,

    Pierote

    #399006 Agradecimientos: 0
    Alberto Traverso Ponce
    Participante
    0
    junio 2001


    La ER se debe revisar en el caso de … LOS SUPUESTOS que mentas. Revisarla cada año, por que?

    #399007 Agradecimientos: 0
    Previneitor Pre
    Participante
    10
    14
    agosto 2007

    Iniciado

    Creo que estás preguntando otra cosa. Partimos del principio de que tienes la evaluación de riesgos. Pasa un año y no se produce ninguno de los supuestos en los que tengas que modificar la evaluación de riesgos.Pues bien, yo creo que te estás refiriendo a actividades de control y seguimiento. Cuando te lo hace un SP te realiza un informe de verificación y si nada ha cambiado, te chequea el grado de cumplimiento del sistema de gestión de PRL, si algo cambia, te hace una revisión de la ER. Por otro lado, la ley obliga al empresario a realizar controles periódicos.

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