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  • #70011 Agradecimientos: 0
    Lauraylaprevención
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    abril 2003


    Hola a tod@s, les cuento.
    Soy técnico en PRL en una empresa que tiene constituido un servicio de prevención mancomunado, formado por nueve empresas. De las nueve, una va a constituir un Comité de Seguridad y Salud, porque su número de trabajadores es superior a 50. El resto, 4 tienen delegados de prevención y las otras 4 no tienen delegados sindicales, por lo que tampoco tienen delegados en prevención. Mi duda es la siguiente, de cara a organizar la prevención en la empresa, yo como cabeza del servicio de prevención mancomunado, deberé tener reuniones por un lado con el Comité y por otro con los Delegados. Pero, ¿no podría organizar algún tipo de comité en el que puedan participar todos?. La actividad de todas las empresas es la misma y los directivos son los mismos.
    Muchas gracias
    Saluditosss

    #412892 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    La normativa legal no recoge la posibilidad de constituir comité inter-empress, por lo que independientemente de que podáis organizar cualquier estructura alegal que os sirva para agilizar la gestión, eso no obvia las obligaciones legales respecto de los comités de seguridad de cada empresa, en cuanto a sus funciones y reuniones.
    Todo ello, como dije, no quita para que determinadas obligaciones de consulta e información, puedan hacerse de forma conjunta con los delegados de prevención de cada empresa a la vez; SI ELLOS ACEPTAN Y ASÍ SE DECIDE CONSENSUADAMENTE.

    #412893 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Sinceramente, creo que se parte de un “error de base”… el servicio de prevención no tiene obligación de tener reuniones con nadie… La reuniones son obligatorias entre el empresario (y sus representantes) y los trabajadores (y sus representantes). El Servicio de prevención podría participar de esas reuniones, pero com asesor de ambas partes, y no como representante de una de ellas…
    Partiendo de ahí, aunque seas un SPM, tendrá que ser la dirección de cada empresa la que se reuna con los representantes de los trabajadores de la misma… y no realizar un comité “para todos”, ya que las posturas, tanto de una parte como de la otra, ni mucho menos tienen por qué coincidir en todas las empresas, y menos aún consensuarse entre ellas… (lo que es un problema en una igual es una solución en otra, o al revés… )

    Lo dicho, el error es pensar que la relación debe ser SPM-Representantes de los trabajadores, cuando no es así…

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #412894 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    La realidad que me imagino que plantea nuestra compañera es la de un grupo de empresas pertenecientes a un mismo “dueño o matriz”, en las que la gestión de seguridad se hace muchas veces conjunta; y en la que probablemente la dirección de todas las empresas, sea incluso la misma o parecida.
    Por eso, independientemente de lo estipulado por la ley, no hay objeción a que en un grupo empresarial se planteen diseños de organización conjuntos, siempre y cuando se respete lo estipulado por la ley, y sobre todo, que sean consensuado con los trabajadores, de todas las empresas.

    #412895 Agradecimientos: 0
    Lauraylaprevención
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    abril 2003


    Muchas gracias,
    Lo cierto es que se trata de eso precisamente, es un grupo de empresas pertenecientes a un mismo dueño y la gestión se hace de forma conjunta.
    Muchas gracias a los dos. Me ha servido de ayuda.

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