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  • #5601 Agradecimientos: 0
    sintino
    Participante
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    octubre 2004


    Hola chic@s, queria haceros una consulta por si me podiais ayudar…

    Trabajo en una empresa que se dedica a la instalacion de placas fotovoltaicas en las cubiertas de naves industriales. Hay ocasiones en que mi empresa subcontrata todos los trabajos para realizar la instalación, con lo que no hay nadie de mi empresa que permanezca en la obra todos los dias y durante toda la jornada..

    Leyendo la ley sobre la presencia del recurso preventivo me he dado cuenta que todos los contratistas deben tener un RP en dicha instalacion y en todo momento, debido a que realizamos trabajos en altura…

    Mi pregunta es: si no tengo a nadie de mi empresa en una obra y solo hay subcontratas, me es valido con que la subcontrata tenga su RP o debo tener a alguien de mi empresa en esa obra continuamente??

    Os agradezco de antemano vuestra ayuda

    #106979 Agradecimientos: 0
    llanuces
    Participante
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    noviembre 2007


    Considerando que tu empresa es la contrata principal, debéis tener en obra un Recurso Preventivo, independientemente del mucho o poco tiempo que el personal de tu empresa pase en obra. El cliente, a la hora de pedir responsabilidades, irá directamente a vosotros, no a vustras subcontratas .

    saludos,

    #106980 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
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    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    Legalmente, la presencia de recurso preventivo es del contratista, con lo que en caso de accidente o percance, la inspección de trabajo preguntará por el recurso preventivo del contratista, aunque el subcontratista tenga 38 “recursos preventivos”, ya que la presencia de los recursos preventivos de las subcontratas no es obligatoria por ley.

    #106981 Agradecimientos: 0
    Pablo k
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    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Ojo, la presencia de los recursos preventivos de las subcontratas no es obligatoria por ley solamente en aquellos trabajos afectados por el R.D. 1627/1997.

    En todos los demás casos, cada contratista y cada subcontratista deberá asignar la presencia de recursos preventivos, si fuera necesario (R.D. 171/2007).

    Saludos.

    #106982 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    973
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Estoy de acuerdo con los compañeros que ya te han respondido.
    Sin embargo, ¿Estáis en el convenio de la construcción?
    Yo a una empresa que me viene a instalar un equipo de aire acondicionado, a tirarme no se cuántos metros de cable, a montarme un puente-grúa, no los trato como obra de construcción (ni hago aviso previo, ni libro de subcontratación, …), y por lo tanto aplico el RD171/2004 de coordinación de actividades empresariales y el resto de normativa general. Y ahí se dice que el recurso preventivo será de la empresa que ejecuta los trabajos peligrosos (en este caso sería de vuestra subcontrata).
    Vosotros veréis según vuestro caso particular.

    #106983 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    De acuerdo con De Locos. Yo hago lo mismo.

    Saludos.

    #106984 Agradecimientos: 0
    sintino
    Participante
    0
    octubre 2004


    Muchisimas gracias chicos. Siento ser pesado pero me queda alguna duda y os prometo que he leido toda la legislacion. Os comento:

    MI empresa esta en el convenio de SIDEROMETALURGIA y no en el de construccion, pero leyendo el 1627 dice que por obra de const se considera el ACONDICIONAMIENTO E INSTALACIONES. Mi empresa se dedica a instalar placas fotovoltaicas en cubierta de las naves. La duracion media es de 3 meses.

    PUedo acogerme al 171/2004 para coord de activi empresariales o debo poner un recurso preventivo de mi empresa en cada obra que posea aunque los trabajos los lleve a cabo unicamente las subcontratas??

    Os agradezco muchisimo vuestra ayuda

    #106985 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    Nosotros estamos en un caso similar,y bien ¿quien realiza el PSS,nosotros,¿quien tiene la obligación de vigilar controlar su cumplimiento,? nosotros.Pero como siempre quien paga manda, luego en caso de accidente ya decidirá el juez.Saludos.

    #106986 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    973
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Hay opiniones para todos los gustos.
    vuelvo a decirte que yo en mi caso no lo trataría como obra de construcción. Ahora bien, si el promotor que os ha contratado sí quiere tratarlo así, entonces habrá que hacerlo todo en orden, es decir:
    – Aviso previo a la autoridad laboral por su parte.
    – Apertura de centro de trabajo por vuestra parte (siendo más de 30 días).
    – Presencia de recurso preventivo vuestro permanentemente durante los trabajos (o al menos cuando haya riesgos de especial gravedad).

    Estas cosas deben aclararse siempre antes incluso de ofertar, porque tratarlo de una forma u otra modifica bastante el precio (aunque no la gestión REAL y efectiva de la seguridad).

    #106987 Agradecimientos: 0
    ANAKATA
    Participante
    0
    abril 2007


    ¿Entonces no es obligatorio el nombramiento de un recurso preventivo por subcontrata en una obra de construcción aunque trabajen en altura? Llevo la documentación de una obra de contrucción y a todas las subcontratas les hemos pedido el nombramiento de un recurso preventivo, y todas han accedido menos una, que nos ha dicho que no está obligada pero tampoco nos ha dicho de dónde se saca eso. ¿Es esto cierto?

    #106988 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
    Participante
    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    Entiendo que si es una obra de construcción, se trate como tal, es decir, aplicando el RP de “construcción”, y no haciéndolo en función del convenio al que esté adherida la empresa.

    En una obra de construcción entran “muchos” convenios que no son construcción, y no por eso debe tratarse la obra de distinta manera a unos o a otros.

    #106989 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    La legislacion es clara, como norma general si se hacen esos trabajos chungos hay que tener recurso preventivo.

    Especificamente en obra de construccion, es decir, obra con proyecto, el contratista pone el recurso preventivo. El y solo el, y en caso de que realize esos trabajos chungos o subcontrate a alguien q los haga. Por ejemplo, un contratista que coloque baldosas no necesita recurso preventivo porque no hace ninguno de esos trabajos.

    Te pueden exigir un recurso preventivo para tu subcontrata ? si el que te paga lo quiere asi
    tendras q hacerle caso

    Te pueden exigir un recurso preventivo para tu subcontrata aunque no realizes ningun trabajo peligroso? si el que te paga lo quiere asi
    tendras q hacerle caso

    te puede pedir que tu encargado sepa 250 idiomas? pues tambien.

    pero la inspeccion no te lo va a pedir, o eso es lo que me han dicho en la inspeccion de trabajo.

    Por cierto, en tu mensaje pones que si no tienes trabajadores en la obra y solo hay subcontratas… eso no se puede hacer, ya que la ley de subcontratacion dice que para ser contratista o subcontratista tienes que disponer en obra de medios materiales y humanos…

    #106990 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Sintino, ¿tu empresa trabaja en obras? Me explico, ¿realizáis los trabajos conforme a un proyecto de manera que aplique el 1627?

    Si la respuesta es si, la respuesta a tu pregunta será “si”, deberéis tener a un recurso preventivo presente cuando sea necesario, aunque no tengáis ningún trabajador vuestro en la obra.

    Si la respuesta es no, y trabajais sin aplicar el 1627, bastará con aplicar el 171/2004, y entiendo que será vuestra subcontrata quien deberá designar a su recurso preventivo cuando sea necesario, y no vosotros si no estáis realizando ningún trabajo.

    Saludos.

    #106991 Agradecimientos: 0
    iñu
    Participante
    0
    enero 2005


    Estoy de acuerdo con Miguel Angel. La presencia de RP debe ser del contratista (según RD1627)

    #106992 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    A nosotros cuando actuamos como subcontrata se nos pide que nombremos un responsable de seguridad de nuestra empresa,y es el responsable de la correcta y segura ejecución de nuestros trabajos,pero insisto no como recurso preventivo, ya que corresponde al contratista su nombramiento,nosotros también pertenecemos al convenio siderometalurgico,pero como puedes ver si te afecta el RD 1627/97 en el AnexoI apartado e). Saludos.

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