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    Jonathan Martinez Lopez
    Participante
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    junio 2018


    Hola ante todo gracias a todos por la ayuda que dais
    Expongo mi caso
    Me han echo un reconociendo previo en una importante empresa del sector en España, dicho reconocimiento era el último paso antes de firmar el contrato, el resultado a sido no apto y al notificármelo me han dicho que el porqué de dicho no apto es confidencial y depende del servicio médico de la empresa.
    No voy a decir que me de igual el trabajo pero principalmente quiero saber la causa para ponerle remedio.
    Están obligados a decirme el motivo?
    Si es así y no me lo quieren dar a quien tengo que acudir?
    Gracias un saludo

    #438031 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
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    diciembre 2003


    Sabio

    Lo más que puedo decirte es que el servicio médico que realizó ese examen no puede informar a la empresa porque no eres apto; por lo que difícilmente podrán informarte de ello.

    Sin estar seguro de ello; conforme a la ley de protección de datos, creo que podrías exigir al servicio de prevención (ya sea propio o ajeno) de la empresa, que te diera toda la información que han recabado de tí. Son datos personales y tienes derecho no solamente a conocerlos, sino a exigir que, si así lo deseas, se borren de sus bases de datos, una vez que han servido a sus fines justificados (repito que de este párrafo no tengo la seguridad plena).

    #438032 Agradecimientos: 0
    Aredhil
    Participante
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    julio 2010


    Maestro

    El artículo 22 en su punto número 3 establece que “los resultados de la vigilancia serán comunicados al trabajador”.

    La empresa no tiene derecho a saber por qué no eres apto, pero toda la información médica (el informe del reconocimiento y la aptitud) debe serte comunicado. Habla con el servicio de prevención que te valoró y solicita informa al respecto.

    Un saludo.

    Aredhil.
    Médico del Trabajo.

    #438033 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días

    El caso que comentas es un reconocimiento médico “pre-laboral”, que no “inicial”, y entre ambos, hay grandes diferencias.

    El examen médico pre-laboral, lo establece la LGSS (art. 196), mientras que el inicial, lo establece la LPRL (art.22). Y eso es una diferencia fundamental.

    Lo que habría que determinar es si es realmente legal este reconocimiento médico. El reconocimiento médico PRE-labora, como requisito para la admisión al trabajo, solo será legal si se hace para un puesto de trabajo para el que existe un riesgo real (reconocido) de enfermedad profesional (que es lo que establece la LGSS). de no ser así, utilizar los reconocimientos médicos como “criba”, es ilegal.

    Así que, entendiendo que estamos ante una empresa seria, lo que deberían informarte es de cual es la enfermedad profesional asociada al puesto por la cual era obligatorio dicho RM. El resto de información, puesto que se trata de un RM prelaboral, y aún no hay relación con la empresa, es difícil que lo consigas (me refiero a los resultados de dicho RM, más allá de la No Aptitud para ser contratado por el riesgo de enfermedad profesional…).

    En cuanto a la LOPD; podrás solicitar que eliminen tus datos (derecho de rectificación y retracto), pero eso tampoco te va a servir para que te faciliten la misma.

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

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