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  • #9101 Agradecimientos: 0
    Braceros
    Participante
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    octubre 2006


    Buenos Días, en mi empresa tenemos un trabajador con una minusvalía reconocida del 33%, ahora le van a cambiar de puesto y asignar nuevas funciones, he revisado las tareas y en principio no tendría problemas para desarrollarlas, no obstante quiero mandarle a la mutua para que el médico (con la información del puesto que yo le facilite y las tareas)certifique si éstas son acordes o no con su minusvalía (ya sabéis artículo 25 LPRL),el problema es que el trabajador no quiere acudir a este reco y para mí la evaluación quedaría un poco coja sin la prescripción médica. ¿Qué se puede hacer en éste caso? ¿Se le puede obligar?, es delegado de prevención y no creo que sus compañeros accedan a acordar la obligatoriedad de este reconocimiento por consenso.
    Un saludo y gracias por adelantado

    #125810 Agradecimientos: 0
    oceanita
    Participante
    0
    agosto 2006


    Yo de tí no le daría trabajo (en este caso no le cambiaría de puesto) sin tener el APTO para el nuevo puesto en mi mano. Y si no quiere ir, pues no lo cambies y que siga en el mismo sitio.
    Un saludo.

    #125811 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
    Participante
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    91
    enero 2004


    Maestro

    Mi contestación es dirigida a un prevencionista, si estas en Recursos Humanos u otras tareas sería otra contestación.
    Tengo una duda ¿Por que es el cambio? ¿por la minusvalia o por reorganización?.
    Si el cambio es debido a la minusvalia, nosotros lo que hacemos, (actualmente tenemos tres casos) es la valoración de los factores de riesgos del nuevo trabajo en relación a este trabajador en concreto. Si de esta valoración sacamos la conclusión de que el reconocimiento médico es obligatorio, pues se traslada comunicación a la Representación Social, la que informará lo que entienda oportuno. Como quiera que el informe de la parte social no es vinculante, pues haría el reconocimiento de vigilancia d ela salud y le mandaría para el nuevo puesto. Si de la valoración no nos sale la obligatoriedad del Rec. pues es lógico que si es voluntario el trabajador decida si va o no, sin que esto le pueda afectar en su relación laboral. De los tres casos que tenemos ahora nosotros dos valoramos que el Rec Vig de la Salud es voluntario y uno nos sale obligatorio (criterios del art 22 de la ley 31/95), el sindicato donde esta afiliado este trabajador no esta de acuerdo y así lo comunicó. Lo siguinete será ver que opina su Señoria en el proceso que este Sindicato entablará ante la jurisdicción social, pero hasta esa, es obligatorio la vigilancia d ela salud, del trabajao y sobre los riesgos valorados.
    En otro orden de cosas, una recomendación que me dieron a mi y me va muy bien, es la de que me abstraiga de hacer un tema personal lo que es profesional, que un trabajador discuta si el REC Vig de la salud es obliogatorio o voluntario es totalmente legítimo. Si no estamos de acuerdo los técnicos imaginate los demás.

    #125812 Agradecimientos: 0
    PUNISHER
    Participante
    0
    septiembre 2002


    Recomendación, en primer lugar reune a los representantes de los trabajadores y explicales el artículo 22. Vigilancia de la salud en su punto 1, donde el carácter voluntario dejará de serlo, previo informe de los representantes de los trabajadores, informales de la necesidad de la aptitud para la idoneidad del puesto de trabajo en base a su minusvalia, de todo esto o bien preparas un acta de reunión o bien realizas un escrito y se lo entregas en dicha reunión.

    Después de este paso ellos decidiran, si la negaiva persiste, pide hora a la Sociedad de Prevención de Riesgos Laborales y enviale un Burofax con la citación, donde establezcas que en caso de no querer realizar el RML en base a su nuevo estado, se le supondra la renuncia a la revisión de su aptitud.

    Es un procedimiento largo y tedioso, pero es la unica forma, aunque dudo (no conozco la situación para/con el Comité) que el Comité o los represnetantes de los trajdores, se nieguen sin motivo alguno, habla con ellos, y llega a un consenso.

    #125813 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
    Participante
    0
    abril 2004


    El reconocimiento medico por parte de su medico del trabajo del area de vigilancia de la salud es preceptivo.
    la mutua tal y como lo exposnes no es quien para hacer ningun RM ya que no puede ser juez y jurado al mismo tiempo. ES EL MEDOICO DEL TRABAJO DEL AREA DE VIGILANCIA DE LA SALUD QUE TENEOS QUE TENER

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