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  • #40367 Agradecimientos: 0
    Prevelec
    Participante
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    noviembre 2002


    Bueno, parece ser q por parte de la LGSS es obligatorio la realización de reconocimientos médicos prelaborales, y por parte de la LPRL debe ser inicial.

    Hay quien opina que el prelaboral es discriminatorio, pero lo q yo opino es q tu no puedes contratar a una persona que tiene vertigo para subirse a un andamio, tienes q saber si tiene vertigo, eso no es discriminación.

    Seria discriminación si a la empresa se le facilitan datos confidenciales sonre otraos aspectos sobre la salud del trabajador fuera de la aptitud del trabajador y el empresario no lo contrata por esto.

    Bueno espero buestras meditadas respuestas

    GRACIAS

    #260227 Agradecimientos: 0
    Epicóndilo
    Participante
    0
    octubre 2003


    Lo de la discriminación -que es un término peyorativo- se podría quedar en selección, que es una cosa que no es mala. No parece mal a nadie seleccionar para un puesto de trabajo a las personas que lo vayan a desempeñar de forma más satisfactoria, para ellos y para la empresa.

    Si me dejas un ejemplo personal, yo estuve trabajando en una empresa de supermercados en la que la ergonomía no permitía contratar a personas con más de 1’90 ni menos de 1’50. Si no contratas a un carnicero de 1’91 no estás haciendo una discriminación, sino que estás evitando un problema de espalda porque el pilón de corte le va a estar pequeño.

    El problema es que la LPRL no habla de esto, sino de algo muy distinto: hay que adaptar los puestos de trabajo a la persona. Y esto es muy difícil en muchas empresas.

    Me podrás decir que se exige una robustez para el desempeño de algunas actividades: no vas a contratar a una mujer delgadita de 45 kg para descargar sacos en el muelle, porque va a estar menos satisfecha en su trabajo y probablemente tendrá lesiones antes que un robusto estibador.

    ¿Será que esa selección es labor de la persona que contrata, que es quien debe definir algunas características de su futuro trabajador? En gran parte, sí.

    Con lo que dices del vértigo, si el trabajador conoce su problema, está defraudando a la empresa, y hay que despedirlo. Si se lo descubres en el reconocimiento, cuando está ya trabajando, habrá que hacerse cargo de él. Alguno dirá que su empresa no es una ONG benéfica, pero esto es lo que manda la LPRL.

    ¿Sería bueno que las empresas “discriminaran” a esos trabajadores “defectuosos”, como dices, para que se buscaran la vida por ahí?

    Ya hay empresas especializadas en contratar a trabajadores con discapacidades.

    ¿Se conseguiría un mayor nivel de satisfacción de todos en el trabajo si hubiera menos problemas de adaptación al puesto? Yo creo que los que han hecho la Ley no piensan así, y están intentando hacer del trabajo algo más adaptado a la persona humana.

    Dime lo que opinas. Un saludo.

    #260228 Agradecimientos: 0
    caspino
    Participante
    0
    octubre 2003


    Sólo debe ser prelaboral obligatorio en el caso de trabajadores de la construcción, el resto de trabajadores, puede hacerlo despuiés de iniciar su actividad laboral.

    Saludos,

    Casto

    #260229 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
    Participante
    0
    octubre 2003


    Lo que dice la LGSS es que son obligatorios los reconocimientos médicos prelaborales en caso de que exista el riesgo de sufrir enfermedades profesionales.

    Saludos

    #260230 Agradecimientos: 0
    DMPA
    Participante
    0
    septiembre 2003


    Yo pienso que es lo mismo pero que han cambiado el término porque si lo llamamos prelaboral puede dar lugar a que el trabajador se niege en base a que si no hay relación laboral, no debe obdecer al empresario porque no le une vínculo ni contrato alguno. Y si lo llamamos inicial ya lo une una relación aunque sea de palabra sin que se haya llegado a producir la firma de contrato laboral aún.

    Por otra parte lo considero como discriminación positiva pues además de servir para determinar si un trabajador es apto o no, si no lo es podría influir negativamente en su salud, sirve para que los servicios médicos den recomendaciones o instrucciones al empresario sobre la necesidad de adaptar o modificar un puesto para los trabajadores que ha contratado.

    #260231 Agradecimientos: 0
    L.Plaza
    Participante
    0
    abril 2001


    Depende… si existe riesgo de enfermedad profesional ya planteado en la evaluación de riesgos y el empresario puede evitar que un trabajador especialmente sensible a ese riesgo ocupe el puesto debe hacerse. No es discriminatorio, opino yo es “logico”, ahora bien son pocos los casos y siempre se da un APTO o no apto, toda otra información es ilegal que se difunda.

    Un saludo

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