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Hola a todos.
Un operario que manipula cargas, en el reconocimiento médico le ponen la restricción de manipularlas. Me imagino que lo deberán cambiar de puesto pero sabeis dónde pone exactamente esto.
Gracias.Hola compañero:
En principio te gigo que si ese operario tiene restricciones para el puesto que ha sido contratado, el empresario no tiene ninguna obligación de contratarle.
Cuestión distinta sería que durante el contrato de trabajo le sobreviniese algún impedimento, entonces si sería necesario aplicar los mecanismos preventivos, véase:
art 15.1.d LPRL: ” ADAPTAR EL TRABAJO A LA PERSONA, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
También art 18,19 y 22 LPRL
Saludos
Muchas gracias compañero.
Buenos Dias
Lo primero que debes prguntarte es: estaba así antes d entrar a la comapñía? o no nos dimos cuenta de su estado se salud real en el examen de ingreso?, es fundamental que tengas un buen progrmaa de medicina Laboral donde se esten observando patologias como ésta, pero bueno si el trabajador adquirío ésta patologia dentro del trabajo es importante que te asesores de un medico especialista y le llevas los posibles cargos que podría en determinado momento ocupar al interior de la compañía, es fundamental revisar minuciosamente si puede existin un cargo en el que se pueda desempeñar antes de tomar cualquier desicion apresurada ya que todos en el mundo tenemos derecho al trabajo y maas cuando la patología ha sido adquirida en el eje4rcicio de sus funciones al interior de la compañía.
Nota: ten presente la responsabilidad laboral y la social.Lo peor de meterse en este tema es que es un trabajador que no decía nada y tiene que ser la empresa la que le tiene que decir que no puede hacer el trabajo.En este caso a él le habría sido mejor renunciar a ese derecho ya que quiere seguir trabajando aunque está claro que no puede.
Estimado creo que lo mas conveniente es que le asignes un trabajo libiano por lo menos un mes si es que la situacion lo amerita oviamente debes llevar un control y observacion del caso ya que como saves los doctores no cuentan con un instrumento para medir el dolor de la lesion.
Puede ser aseo (sin levantar peso) o labores administrativas o limpieza de algunas herramientas, etc.
De todas formas no es necesario cambiarle de puesto. Yo una vez tuve un fumigador que la limitación era que no cargara con más de X kg a la espalda. Fue sencillo se le limitó la cantidad de peso que llevaba en la mochila para fumigar, sigió realizando sus tareas…..eso sí debía volver a recargar con más frecuencia y ya está, sigue trabajando sin problemas y cumpliendo con la restricción. Este es un caso concreto en otro puede que valga y puede que no
Trabajador especialmente sensible
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