Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #70806 Agradecimientos: 0
    apa206
    Participante
    0
    noviembre 2007


    Tengo una duda, en una empresa existe junto a una estación de recarga de un toro electrico, un surtidor empotrado en la pared justo encima, el surtidor viene de un deposito que esta alejado.
    Encima de la estacion de recarga solo esta la boquilla que sirve para introducirla a los vehiculos, el resto esta empotrado en la pared.

    Es legal esto o debe existir una distancia minima entre la estacion de recarga de bateriar y un sutidor de gasoil .

    #418120 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
    Participante
    158
    91
    enero 2004


    Maestro

    @apa206 wrote:

    Tengo una duda, en una empresa existe junto a una estación de recarga de un toro electrico, un surtidor empotrado en la pared justo encima, el surtidor viene de un deposito que esta alejado.
    Encima de la estacion de recarga solo esta la boquilla que sirve para introducirla a los vehiculos, el resto esta empotrado en la pared.

    Es legal esto o debe existir una distancia minima entre la estacion de recarga de bateriar y un sutidor de gasoil .

    Hola, si lees el propio manual del Toro veras que dichas instalaciones, la de recarga de baterías y el surtidor son incompatibles.

    #418121 Agradecimientos: 0
    Agua_
    Participante
    2
    1
    febrero 2006

    Iniciado

    @trabajoyseguro wrote:

    Hola, si lees el propio manual del Toro veras que dichas instalaciones, la de recarga de baterías y el surtidor son incompatibles.

    Pues yo no tengo el manual, obviamente, pero no entiendo porque este tipo de instalaciones son incompatibles.

    Veo bastante más incompatible tener, por ejemplo, una instalación eléctrica estándar para iluminación que tener un surtidor de un líquido que, a temperatura ambiente, no es capaz de generar atmósferas explosivas con el aire.

    Es más, tampoco conozco las características de la batería del toro y la capacidad de generación de hidrógeno que puede tener la misma durante su carga, para poder determinar si, con unas condiciones adecuadas de ventilación (tampoco se si la instalación es al aire libre o no) el hidrógeno podría llegar a formar mezclas explosivas.

    Y más aún, aunque sí pudiesen darse mezclas explosivas con hidrógeno y el surtidor fuese de gasolina (sí es inflamable a temperatura ambiente), tampoco veo la incompatibilidad entre uno y otro. Si se garantiza la no existencia de fuentes de ignición, ¿porque no puede haber un gas explosivo y un líquido inflamable, o varios, en un mismo emplazamiento?

    En fin, que si lo dice el manual del toro será verdad, pero a veces, los manuales dicen cada cosa….

    #418122 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    973
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Pues como a veces pasa, lo que tiene mala pinta no siempre es malo o incompatible.
    Pero para eso está la normativa. En este caso, la ITC IP03 exije un proyecto de instalación (o memoria), y unas revisiones periódicas e inspecciones oficiales. Tanto al principio como periódicamente, la OCA debe verificar el cumplimiento de la normativa, también respecto de distancias a otras instalaciones; y por lo tanto, creo que son estos informes los que deben prevalecer por su carácter oficial; sin perjuicio de atender al manual de instrucciones del toro.

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El debate ‘ Recarga toro, surtidor’ está cerrado y no admite más respuestas.