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  • #3242 Agradecimientos: 0
    FLAS3
    Participante
    1
    5
    febrero 2006

    Iniciado

    ¿Como acreditais la mayoría la formación en PRL de los recursos humanos de la empresa? A través de certificados hechos por SPA, empresa u otros o bien adjuntando todos los diplomas de los cursos realizados. Otra pregunta es, acompañais relaciónd e todo el personal de la empresa? Lo digo porque en caso de alta o baja de alguna persona, debemos comunicarlo al REA? Qué pensáis?

    #93501 Agradecimientos: 0
    E=MC2
    Participante
    0
    abril 2007


    En Catalunya se hace a partir de los certificados de los SPA donde figura la lista nominal de los trabajadores.Se hace un certifiaco inical y luego comunicas con otro, las altas nuevas

    #93502 Agradecimientos: 0
    maimai
    Participante
    0
    diciembre 2007


    En nuestra empresa tenemos escaneados todos los diplomas por trabajador, sus reconocimientos médicos, el contrato, etc. y cada vez que se incorpora alguien nuevo se le abre nuevo archivo. Nosotros vamos actualizando la información mes a mes cuando, por ejemplo, recibimos los últimos seguros sociales, escaneamos y los tenemos listos para la siguiente obra en la que nos lo pidan.

    #93503 Agradecimientos: 0
    Previneitor Pre
    Participante
    10
    14
    agosto 2007

    Iniciado

    La formación tiene que ser la que da la Fundación Laboral de la cosntrucción u organismos acreditados

    #93504 Agradecimientos: 0
    Eduardo Benjumea Rodriguez
    Participante
    0
    febrero 2014


    Con la acreditacion de cualquier entidad homologada para dar los cursos

    #93505 Agradecimientos: 0
    Chemav
    Participante
    0
    noviembre 2007


    Lo puedes hacer de todas las formas que han comentado, pero el certificado de que tos trabajadores tienen la formación adecuada, lo haría de forma general, sin lista nominal de trabajadores, salvo que en la orden de creación del registro de tu comunidad diga algo concreto al respecto.
    La razón de hacerlo lo más genérico posible, es precisamente el no tener que hacer modificaciones al registro cada vez que tienes un nuevo trabajador o das de baja a algún otro.
    Si te hace falta algo más de lo que pones en la solicitud de inscripción, no te preocupes que la dirección territorial de trabajo te lo requerirá con suficiente tiempo.

    #93506 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Os voy a contar lo que hace la Autoridad Laboral en la mía CCAA. A rellenar, el presente certificado:

    CERTIFICADO DE FORMACIÓN
    (Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción y Real Decreto 1109/2007, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción)

    Nombre o razón social
    Fecha del certificado
    NIF
    C.C.C.

    “La empresa arriba indicada declara que cuenta con personas que, conforme a su plan de prevención, ejercen funciones de dirección y han recibido la formación necesaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.4 del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto”.

    “Asimismo, [nombre de la organización preventiva de la empresa] certifica que los trabajadores que prestan servicios para la empresa en obras de construcción han recibido formación específica en materia de prevención de riesgos laborales”.

    Firma y sello de la empresa o de su representante, y
    Firma y sello de la organización preventiva o de su representante

    Certificado que se adjunta vía PDF. Ni más ni menos (mejor o peor, ya es discutible).

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #93507 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Falso, falso. La formación la puede dar también la empresa, es más, debe de darla preferentemente como así se explicita en la Ley 31/1995. Otra cosa es que esa Formación pueda luego exibirse fuera de la empresa que la ha impartido a sus trabajadores, en este caso debería demostrar ante la FLC (caso de Construcción) u otras organizaciones autorizadas para ello la formación dada y que la FLC o la correspondiente organización lo certifiquen. De ahí que lo mejor es que antes de dasr la formación se consulte con la organización certificadora correpondiente, caso que no sea ella misma a la que se le encargue la susodicha formación.
    Y para la dada antes de todo esto del Convenio y la Ley de Subcontratación, etc., habría de seguirse el método indicado anteriormente y tener suerte con que la documentación que se aporte ante la organización certificadora sea bien recibido por esta.

    #93508 Agradecimientos: 0
    oorr
    Participante
    7
    marzo 2006


    Ojo, las propias administraciones van modificando sus criterios.

    En Cataluña se facilitan dos modelos de certificados para que los SPA cerificaran la modalidad organizaiva de la empresa y las formaciones del personal de la empresa. Pues bien, SE HAN MODIFICADO, antes se exigia la relación nominal de los trabajadores con su DNI y su cargo, Y AHORA NO.
    La carta sobre la modalidad organizativa también se ha modificado.

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