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    Agapita
    Participante
    0
    noviembre 2003


    Hola a todos.

    En el artículo 4.3.3 del RD dice que “el Plan podrá ser sustituido por las instrucciones del fabricante, proveedor o suministrador sobre el montaje, la utilización y el desmontaje de los equipos, salvo que estas operaciones se realicen de forma o en condiciones o circunstancias no previstas en dichas instrucciones”.

    También en el artículo 4.3.2 hace alusión a una “configuración tipo generalmente reconocida”.

    Yo me he puesto en contacto con los dos proveedores de mi empresa y me comentan que dicha configuración tipo no existe, que es necesario realizar el Plan para cualquier andamio que exceda de los 6 metros.

    Me gustaría saber si esto es así.

    Gracias de antemano.

    #233637 Agradecimientos: 0
    GONZA71
    Participante
    1
    0
    octubre 2001

    Iniciado

    Tu misma te respondes, es necesario realizar el plan, SALVO que dispongas de las instrucciones, y estas se ajusten a las operaciones previstas. Luego si los proveedores no te lo facilitan, no te quedará otro remedio que realizar el Plan.

    Enel caso de la configuración tipo, pues lo mismo: SALVO que el andamio se monte conforme a una configuración tipo reconocida (y ya comentas que no te la facilitan) pues es necesario realizar un cálculo de resistencia y estabilidad.

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