Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #21195 Agradecimientos: 0
    STA
    Participante
    0
    abril 2003


    HOLA FOREROS, ME GUSTARIA SABER LOS PASOS QUE SE HAN DE SEGUIR A LA HORA DE PONER EN CONFORMIDAD UNA MAQUINA, EQUIPO, ETC
    ES NECESARIO HACER UN PROYECTO O PEQUEÑA MEMORIA,QUIEN PUEDE FIRMAR ÉSTE, HAY ALGUN TIPO DE SUBVENCION, POR QUE ORGANISMO SE TIENE QUE PRESENTAR (¿INDUSTRIA?), EMPRESAS QUE SE DEDIQUEN A ESTA CUESTION EN EJECUTARLAS, U OTRA COSA QUE TENGA QUE TENER EN CUENTA.
    MUCHAS GRACIAS Y UN SALDUO

    #188583 Agradecimientos: 0
    A_Lopez
    Participante
    0
    abril 2004


    La puesta en conformidad de las máquinas está regulada por el RD1215/97. Según este RD lo puede realizar personal competente, cualquier trabajador de la empresa con la formación necesaria puede realizar y documentar las revisiones. El el propio RD viene los pasos que deben seguisrse para la puesta en conformidad de los equipos de trabajo.
    Si en la empresa no tenéis ninguna persona capacitada o las personas capacitadas no quieren asumir la responsabilidad de acreditar la adecuación con su firma, lo que puedes hacer es contratarlo a una empresa externa. Aunque no es obligatorio que sea una OCA, muchas de ellas están ofreciendo este servicio, que consiste en comprobar con un check-list obtenido a partir del RD si dispone de todas las medidas de seguridad exigidas y en caso contrario te indican que las debes incorporar a la máquina (resguardos, señalización, … ). Después tienes que instalar tu las protecciones necesarias que deberán tener marcado CE y cuando estén todas instaladas te darán un certificado de conformidad. En algunas Comuidades Autónomas los inspectores de trabajo están pidiendo este tipo de certificados.
    Saludos

    #188584 Agradecimientos: 0
    seyprev
    Participante
    1
    0
    octubre 2005

    Iniciado

    Mira el RD1215/97 dentro de la página del INSHT

    #188585 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos dias
    Como bien comentan los compañeros, los pasos a aseguir vienen indicados en el RD 1215/97. Hay guías y manuales que te ayudan a aplicarlo. En maquinaria de construccion, por ejemplo, hay un manual para adecuacion editado por OSALAN muy bueno.
    Simplemente te tienes que asegurar de cumplir todas las exigencias del RD, y si eres persona cualificada, emitir un certificado de conformidad al RD.
    Si te quieres asegurar aún mas aunque no es obligatorio, puedes contratar a una empresa con autorización para la certificacion de maquinaria, la cual una vez que ve que cumples, emite unos certificados oficiales, que vienen a equivaler a el “certificado CE” de las máquinas nuevas, en los cuales indican que tu maquina cumple con lo legalmente establecido por la ley vigente.
    Yo, personalmente, soy partidario de esta segunda opción, ya que no sale tan caro como dicen, y de cara a una inspeccion y/o accidente, siempre viene mejor una “certificacion externa e independiente”, que no la dada por la propia empresa.
    UN saludo

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #188586 Agradecimientos: 0
    STA
    Participante
    0
    abril 2003


    HOLA DE NUEVO, PERO QUE SE ENTIENDE POR PERSONA CUALIFICADA?, YO SOY INGENIERO TECNICO Y TEC SUP EN PRL, CON ESTO YA ES SUFICIENTE O HAY ALGUN REQUISITO MAS?
    SALUDOS

    #188587 Agradecimientos: 0
    A_Lopez
    Participante
    0
    abril 2004


    Se entiende por persona cualificada el que tiene formación suficiente para conocer el funcionamiento de la máquina y aplicar las exigencias del RD1215. Como Ingeniero técnico y TSPRL podrías hacer la puesta en conformmidad elaborando un check-list con los requisitos del RD, definiendo las protecciones que debería llevar la máquina y certificando que dispone de todas las protecciones. Valdría como prueba el registro firmado por tí en el que contestaras afirmativamente a todas los requisitos empezando por “órganos de accionamiento claramente visibles e indentificables”, “no hay posibilidad de puesta en marcha inesperada”, “parada de emergencia”, “resguardos de elementos móviles”, etc, etc.
    Pero debes tener en cuenta que si se produce un accidente en esa máquina y se demuestra que no se había adecuado correctamente al RD1215 tendrías una responsabilidad que podría ser penal. Por lo tanto si te pagan por asumir esta responsabilidad, adelante, en caso contrario considera lo de la empresa externa.
    Saludos

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • El debate ‘ PUESTA EN CONFORMIDAD DE MAQUINAS’ está cerrado y no admite más respuestas.