Hasta donde yo sé, el RD 1215 no establece ni qué documentación es necesario generar ni quién está certificado para realizar la verificación de los equipos.
Es decir, tú como técnico decides qué es necesario registrar.
En mi opinión, lo ideal, es recoger los resultados de cada uno de los pasos de la evaluación de riesgos:
Determinar límites de la máquina
Identificar riesgos
Evaluarlos y valorarlos
Indicar medidas correctoras para corregir riesgos no asumibles
Registro de las medidas realizadas (Complicado, a ver qué registras, ¿facturas de medidas, de compra de dispositivos, partes de hora de trabajos?)
Verificación por técnico competente
Esto para mí sería lo ideal, aunque es tan sólo una primera aproximación y habría que seguir hilando fino.
Un saludo