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  • #27198 Agradecimientos: 0
    justillo
    Participante
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    febrero 2003


    Hola a todos. Llevo varios dias intentando encontrar informacion sobre los puentes grua, e encontrado mucha informacion pero en ningun texto e encontrado la obligatoriedad de la señal acustica y luminosa, aunque me consta que ambos dispositivos son obligatorios. Alguien me podria ayudar o decir donde puedo encontrar alguna norma donde refleje esta circunstancia? Gracias a todos. Un saludo.

    #215912 Agradecimientos: 0
    Maikel
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    julio 2006

    Iniciado

    OGSHT, Art.108, apartado 5: Las grúas-puente estarán equipadas con dispositivos de señales sonoras.

    Saludos.

    #215913 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    También te informa de ello en el REAL DECRETO 1215/1997 en el ANEXO , Los equipos de trabajo que por su movilidad o por la de las cargas que desplacen puedan suponer un riesgo, en las condiciones de uso previstas, para la seguridad de los trabajadores situados en sus proximidades, deberán ir provistos de una señalización acústica de advertencia.Saludos.

    #215914 Agradecimientos: 0
    ANSELMO666
    Participante
    0
    febrero 2004


    SI NO HAY LEGISLACION QUE EVENTUALMENTE EXIJA LA INSTALACION DE ESTOS DISPOSITIVOS CREO QUE EL CRITERIO Y EL SENTIDO COMUN INDICAN LA NECESIDAD DE INSTALARLOS DE TODAS MANERAS SI EL LUGAR DE TRABAJO ES MUY CONFLICTIVO.

    SALUDOS DESDE LA PATAGONIA!!!

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