- Este debate tiene 3 respuestas, 4 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 9 años, 1 mes por ICM75.
-
AutorEntradas
-
Hola
Un Centro de Formación que no esté acreditado/homologado por la FLC puede impartir la formación de 20 h albañilería por ejemplo???
Ya que la tarjeta no es obligatoria, entonces:¿se supone que todos los centros de formación que contraten a un tecnico superior en PRL pueden ofrecer 20h de formación siguiendo el temario que aparece en la normativa y ser perfectamente válida ante un ITSS???
O por el contrario esta modalidad de formación (20 h albañilería) solo la podría realizar un SPA???
Gracias de antemano
Hola, en mi opinión:
Aparte de que el citado curso se pueda considerar afecto al art. 19 , lo cual ya lo impediría, el propio convenio de la construcción lo excluye.
Por lo tanto la respuesta es no.Hola. Un técnico de PRL podría impartir esa formación según marca el convenio si fuera trabajador contratado en esa empresa y a la vez fuera “modalidad” preventiva de la empresa.
Una empresa externa, salvo que sea SPA no puede dar esa formación.
Saludos
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/@Novato12345 wrote:
Hola
Un Centro de Formación que no esté acreditado/homologado por la FLC puede impartir la formación de 20 h albañilería por ejemplo???
Ya que la tarjeta no es obligatoria, entonces:¿se supone que todos los centros de formación que contraten a un tecnico superior en PRL pueden ofrecer 20h de formación siguiendo el temario que aparece en la normativa y ser perfectamente válida ante un ITSS???
O por el contrario esta modalidad de formación (20 h albañilería) solo la podría realizar un SPA???
Gracias de antemano
Te respondo lo mismo que en el otro post:
Depende, de para qué se quiera impartir dicha formación.
Si es para impartirla como un curso mas (corte de jamón y cata de vinos por ejemplo), pues sí, puede darla sin problema.
Si es para obtener la TPC (ojo, no obligatoria por sentencia del tribunal supremo), pues no, porque no serviría para ello, al no estar la entidad que imparte la formación homologada por la FLC, y ser esta quien valida la formación recibida a efectos de posteriormente expedir dicha TPC (art. 172.3 del V convenio de la construcción).
Si es para acreditar la formación del art. 10.2 de la Ley 32/2006 de Subcontratación, pues tampoco, puesto que no habría sido impartida ni por las propias empresas ni por entidades de formación previamente homologadas (según reza el art. 144 del V convenio de la construcción).
Si es para acreditar la formación del art. 19 de la Ley 31/1995 de PRL ante la ITSS, pues tampoco, puesto que en una consulta realizada a los mismos, su criterio es que los medios ajenos a que hace referencia dicho art. 19 solo son los SPA.
Si es para acreditar la formación del art. 19 de la Ley 31/1995 de PRL ante otras entidades (empresas privadas, administraciones públicas, tribunales penales, civiles, socio-laborales, contencioso-administrativos, …), pues dependerá de los criterios que tengan las mismas al respecto de los medios ajenos a que se refiere dicho art. 19, pero con el antecedente del punto anterior …
-
AutorEntradas
- El debate ‘ ¿Puede un centro de formación ofertar el curso de 20 h?’ está cerrado y no admite más respuestas.