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tangosolo.
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Gracias de antemano quien sepa de mi es consciente de mis limitaciones (trabajo a turnos,estudio a distancia,hijos,etc….)SOS esta pregunta forma parte de un trabajo ¿Pueden considerarse normativa laboral sobre prevención de riesgos laborales las disposiciones dictadas por ministerios
distintos del Ministerio de Trabajo o por Comunidades Autónomas?Hola a todos, necesitaria toda la informacion posible para elaborar un plan segun normativa vigente para proyecto fin de curso,estou pelin pez
Buena pregunta. Yo diría que NO. Normativa laboral no. Normativa de prevención de riesgos laboales me da que tampoco. Normativa relacionada con la prevención de riesgos laborales, si.
yo opino que si puesto que para por ejemplo calderas leo las ITC para recomendar medidas preventivas estas la hace industria o los carnet de grua los entregan las CCAA
y estas se pueden regular por normas estatales y autonomicas o locales siempres que sean mas restrictivas cumpliando con los minimosComo todo “depende”. Si la Consejeria de Empleo de la Comundad…..de donde sea dice que el tiempo máximo de permanencia en una camara de congelación es de 10 minutos, será normtiva…..laboral en esa comunidad. Si la misma comunidad indica que los ascensores deben pasar la revisión por OCA en lugar de cada 2 años cada 6 meses, será normativa NO laboral pero que desde el punto de vista de prevención de riesgos en esa comunidad deberás cumplir.
Bueno recordar que las CCAA no pueden legislar en materia laboral (ni de prevención) por ser competencia exclusiva del Estado. Por lo menos hasta ayer era así. Un saludo.
Expresalo como quieras, pero la Ley es de mínimos. Si una CCAA pone criterios más restrictivos (reuerda la tasferencia de competencias a las CCAA) tendrás que cumplirlos, llamalo laboral, autónomico o como quieras, pero será de obligado cumplimiento en esa CCAA
Yo diría aún mas. Cuando se aprueba un convenio colectivo (empresarial, sectorial, provincial…) y se establecen cláusulas que afectan a una empresa/s que mejoran lo estipulado en la ley, se considera a toda luz norma laboral en ese convenio en concreto, ya que como alguien señalo anteriormente, la ley fija mínimos que pueden ser perfectamente mejorables mediante negociación colectiva.
Salu2.Claro, pero esos convenios pueden mejorar la ley (no cambiarla ni restringirla, pues efectivamente es ley de mínimos, concretamente es “derecho necesario, mínimo indisponible) porque la propia ley así lo establece, el que mediante la negociación colectiva podrán “mejorarse” aspectos contemplados en la ley. Eso no es legislar, sino desarrollar y ampliar lo que la propia establece en su propio marco. Los convenios serán válidos siempre que no vayan contra lo dispuesto en la ley y además los convenios (aunque casí) no son leyes.
bueno un pequeño ejemplo, la ccaa de madrid ha regulado los andamio tubulares y entre otras dice que la do ha de decir si la estructura aguanta los anclaje de los andamios, como no hay nada parecido ante cualquier tipo de reclamación relacionada valdría la legislada por dicha ccaa. No es de prevención pero cada vez no vale saber temas de prevención y saber más relacionados con producción, ya que todo está relacionado.
Yo entiendo que en el siguiente caso lo han hecho.
Hace unos años se firmó el acuerdo marco entre el gobierno, los servicios de prevención y los sindicatos sobre los criterios mínimos para constituir un servicio de prevención propio o ajeno. Este acuerdo marco se ha traspuesto a ley por las diferentes comunidades autónomas (Extremadura lo ha hecho, Andalucía no) de una forma literal, de forma que estos criterios no sean diferentes y permitan a un servicio de prevención acreditarse en diferentes comunidades autónomas, por ejemplo. Desconozco si catalanes o vascos han metido alguna cláusula lingüistica, pero aparte de eso, es lo mismo.
Un saludoJavier
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 1. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
La normativa sobre prevención de riesgos laborales está constituida por la presente Ley, sus disposiciones de desarrollo o complementarias y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito.
He estado consultan por internet y solo aparece insht y ministerio de trabajo, por lo tanro creo que no
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