- Este debate tiene 17 respuestas, 13 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años, 9 meses por investigando555.
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Buenos dias:
Es necesario que el plan de seguridad se vise en el colegio que corresponda o sólo con la firma del coordinador sería suficiente. Entiendo que para hacer la apertura de centro de trabajo es imprescindible, al menos en Castilla y León, que el plan esté visado.
Saludos.EN cantabria se visan los estudios y los proyectos, los planes de seguridad no hace falta que se visen. con la aprobacion del CSS vale.
Los PSS no se visan, ademas no tienen por que estar firmados por ningun tecnico, lo tiene que firmar un representante legal de la contrata y el CSS extender el acta de aprobacion si procede.
A ver, lo que se visa es el Acta de aprobación del PSS, pero algunos colegios piden una copia en papel del PSS para verificar, nada más, después te devuelven el PSS y el acta visada con el correspondiente libro de incidencias (si es el primer acta).
el acta de aprobación NO es necesario su visado, léete el 1627
En la vida profesional de un técnico existe mas legilación que el RD 1627/97.
por ejemplo, para los ingenieros técnicos industriales:
REAL DECRETO 104/2003, de 24 de enero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales y de su Consejo General.
CAPÍTULO II
Derechos y deberes de los colegiados
Artículo 12. Deberes de los colegiados en el ejercicio de su actividad profesional.Serán deberes de los colegiados:
b) Someter a visado del Colegio correspondiente toda la documentación técnica o facultativa, proyectos, informes o cualesquiera otros trabajos que suscriba en el ejercicio de su profesión, cualquiera que sea el cliente o destinatario de aquéllos.
Y un acta de aprobación no deja de ser una documentación facultativa.
Discupa, me acabo de leer el R.D. 1627/1997 por primera vez, pero no encuentro eso de que no se visa el acta de aprobación del plan de seguridad, ¿me puedes decir dónde lo pone?
Un plan de seguridad y salud no es necesario que esté visado, entre otras cosas porque sería bastante dificil visar un documento para cuya elaboración no se requiere ningún técnico competente (de los considerados por la LOE).
Y según la Dirección General de Trabajo tampoco se considera necesario que sea elaborado por un técnico de prevención y aunque se considerase ¿cual sería su colegio profesional para visarlo?.
Los planes de seguridad no se visan, si algún colegio profesional obliga a ello, está cometiendo una ilegalidad en beneficio propio
Como bien dice Miguel Angel, lo que se exige visar es el acta de aprobación del PSS, para lo cual te piden una copia del PSS.
Sin entrar en si es necesario o no, entiendo que es conveniente. Cualquier documento que un técnico facultativo firme, es bueno pasarlo por el proyecto aunque sea por cuestiones de seguro de responsabilidad civil.
Y en este caso necesario porque si no, no te dan el libro de incidencias.exacto es conveniente pero NUNCA obligatorio el visado de una acta de aprobación.
Miguel_angel tu te has contestado NO LO PONE…SOLO APROBACIÓN DEL PSSnosotros visamos el acta de aprobación del pss y a la hora de hacer la apertura de trabajo, entregas un plan de ss y un acta de aprobacion visada.En obra tenemos un plan, un acta visada y el libro de incidencias.Galicia
En Castilla y León , no se visan los planes de seguridad, SI los Estudios y proyectos. Los PSS deben ir aprobados por el COORDINADOR DE SYS y firmados por la Empresa contratista que es quien deber redactar el PSS, aunque este lo haya realizado un SPA. Cuando decimos firmado, es por un técnico de la empresa contratista, con nombre y apellido, no el sello de la empresa.
Según la Orden de 6 de mayo de 1988, para la “Apertura previa o reanudación de actividades en los centros de trabajo” será necesario el Plan de Seguridad y Salud, cuando el mismo resulte exigido de conformidad con el Real Decreto 1627/1997.
Dicho Plan/planes te los devuelven sellados en Delegación de Trabajo (o el organismo que tenga transferidas estas facultades) y, para ello, deben ir acompañados de su correspondiente acta de aprobación que demuestre que el PSS ha sido supervisado y aprobado por un técnico competente. Esto no demuestra la necesidad de aprobación del PSS (que, por cierto, en promociones públicas de Castilla-La Mancha el Dpto. de Proyectos sí realizaba un “sellado” a los propios planes, aunque creo que ya no) ni tampoco la necesidad del visado del Acta de Aprobación, pues para la apertura exigen el Acta, nada dice la Orden, antes mencionada, de su visado.
Sin embargo, tampoco te puedo asegurar que no te lo vayan a exigir, pues en mi empresa siempre hemos realizado la apertura de centro de trabajo con el Acta de Aprobación debidamente visada, bien porque haya sido redactada y visada a raíz de un informe faborable del CSS (caso de promociones públicas) o visada por el colegio profesional al que pertenezca el CSS (promociones privadas). Por este motivo no sé qué sí se prodría realizar la apertura de centro de trabajo si el acta estuviera aprobada pero sin visado colegial.
Lo que sí te puedo decir es que, sin él, el CSS no obtiene de su colegio el Libro de Incidencias y, como ejemplo en el caso de mi aseguradora, NO se cubren con el Seguro de Responsabilidad Civil los trabajos que no estén visados por mi colegio.
Por esto yo considero como necesario el visado del acta de aprobación y no el del Plan de Seguridad y Salud, si quiero un Libro de Incidencias, que me cubra el Seguro de RC y no tener problemas en alguna comunidad autónoma a la hora de realizar la apertura de centro de trabajo.
Un saludo.
Cuendo dije “Esto no demuestra la necesidad de aprobación del PSS…” (en el segundo párrafo), he querido decir “Esto no demuestra la necesidad de visado del acta de aprobación del PSS…”
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