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  • #68665 Agradecimientos: 0
    DyD
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    diciembre 2009


    Buenos días

    Tenemos un cliente que quiere que le informemos e los trámites a seguir para poder realizar un Plan de Trabajo con Amianto, en la colocación y desmontaje de un tejado.
    La empresa ya está inscrita en el RERA.
    Mis dudas son:
    – Dónde hay que presentar el Plan de Montaje??
    – Hay que rellenar algún formulario, tipo el de la Apertura del Centro de Trabajo?
    – Quién te lo tiene que aprobar?
    – Cuanto tiempo antes previo al inicio de las actividades se tiene que presentar?
    Disculpad mi ignorancia, pero es la primera vez que me consultan este tipo de trabajo.
    Muchísimas gracias de antemano. Saludos!!

    #403871 Agradecimientos: 0
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Supongo que la empresa se habrá inscrito en el RERA anteayer, porque sino la pregunta es de chiste.
    En cuanto a formularios y registros, deberías hablar con la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde se van a desarrollar los trabajos.
    Es ésta a la que tienes que presentar el plan y quien tiene que aprobarlo.
    En cuanto a plazos, supongo que será variable; pero todo lo que baje de 15 días es inútil. Te recomiendo que organices los trámites al menos con un mes de antelación a la fecha que hayas previsto (si puede ser más mejor, no vaya a ser que te pidan modificaciones)
    A mayores, podrás estar al capricho del funcionario de turno. He vivido casos en los que se ponían dificultades para hacer el trabajo en fin de semana (justo cuando no había personal de la planta trabajando y era más fácil aislar la zona), porque tenían la costumbre de visitar todas las obras, y claro …, ellos no iban a trabajar en fin de semana.

    #403872 Agradecimientos: 0
    pedprev
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    25
    julio 2009

    Iniciado

    Lo que comenta De Locos es correcto.

    En:

    tienes en aplicaciones informáticas un curso sobre gestión de trabajos de desamiantado, por si te vale de algo para planificar los trabajos.

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    #403873 Agradecimientos: 0
    El10
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    marzo 2008

    Iniciado

    Me sumo a la contestación de De Locos, y por si puede servir añado las referencias normativas y enlaces:

    **Normativa:Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

    **Presentación: Los planes específicos ante la autoridad laboral en donde vayan a realizarse las actividades . Los planes de trabajo genéricos (actividades de corta duración con presentación irregular o no programables con antelación, especialmente en los casos de mantenimiento y reparación) ante la autoridad laboral en que radiquen las instalaciones principales de la empresa solicitante.

    **Plazo de resolución: Máximo 45 días desde presentada la solicitud (incluído el plazo de notificación)

    **Impresos: Dependerá de cada comunidad autónoma. Las webs de las distintas consejerías de trabajo, suelen informar al respecto, aunque no suele haber un impreso especial.

    En Catalunya, el siguiente enlace informa qué hacer para tramitarlo:
    =#

    Saludos

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    #403874 Agradecimientos: 0
    DyD
    Participante
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    diciembre 2009


    Muchísmas gracias, por vuestra ayuda!!
    Lo que dice De Locos tiene toda la razón, la empresa se inscribió en el RERA ya hace tiempo, pero nunca han realizado trabajos con amianto, ya que son albañiles, por eso no saben qué procedimiento tienen que seguir.
    Una cosilla más, he estado mirando la información que me habéis recomendado y lo tengo bastante claro, en una exposición habitual.
    Pero el caso que me ocupa, que he ido a ver esta tarde la obra, es la retirada de la cumbrera de un tejado de fibrocemente, que como máximo sería una mañana de trabajo (4 horas), con 2 trabajadores (el autónomo y el trabajador).
    Como la obra es tan pequeña, habría alguna forma de realizar los trámites de forma más sencilla??
    Saludos, y gracias como siempre….

    #403875 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Si va a ser una jornada de trabajo, es probable que no sobrepase los 100 m2 y sería un caso de plan genérico, por el cual una vez aprobado, solo tendráis que hacer la comunicación de inicio de obra con 2 días hábiles.

    Rrecomendable echarle un vistazo a la Guía Técnica del INSHT que desarrolla el RF 396/2006:

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    #403876 Agradecimientos: 0
    a69125
    Participante
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    diciembre 2010


    Hola a todos.

    Te recomiendo que te pongas en contacto con el órgano técnico correspondiente de la CCAA donde se van a realizar los trabajos, ya que hay diferencias de criterios al respecto (por ejemplo lo de los 100 m2 que dice Godello yo no lo había oido nunca, me imagino que será un criterio de alguna CCAA?).

    Por otro lado, no hay que confundir:
    – PLAN ÚNICO DE CARÁCTER GENERAL (artículo 11.4) – Hay que presentar un plan genérico y luego únicamente comunicar los inicios de obra.
    – EXPOSICIONES ESPORÁDICAS DE BAJA INTENSIDAD (artículo 3.2) – No hay que presentar plan de trabajo.
    En la guía hay ejemplos de cada caso, yo creo que está bien explicado.

    Según lo que indicas, lo que explica en la guía técnica y el criterio de la CCAA que yo conozco, el caso que planteas no se acoge a ninguno de estos dos artículos, por lo tanto tendrías que presentar un PLAN ESPECÍFICO (procedimiento normal), esperar los 45 días a que te lo aprueben, y comunicar el inicio de la obra con dos días de antelación.

    De todos modos, yo llamaría al Instituto Regional correspondiente y les plantearía el caso, porque es posible que tengan otro criterio.

    Un saludo a todos!

    #403877 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Planes genéricos (art. 11.4 del RD 396/2006)
    en página 9 de 10:

    Criterio de la ITSS por consulta del INVASSAT:

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    #403878 Agradecimientos: 0
    a69125
    Participante
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    diciembre 2010


    Gracias Godello, no conocía ese documento y es muy interesante.
    Pero creo que es necesario recalcar que se trata de un criterio propio de Cataluña (igual también de otras CCAA?), pero que no aparece en el RD y por lo tanto no en todos los sitios es así.
    D&d, de qué CCAA estamos hablando?

    #403879 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    El plan de montaje se presentara ante la utoridad laboral correspondiente.
    La legislacion establece los contenidos minimos que debe de tener el plan de rabajo.
    Lo aprueba la autoridad laboral competente.
    La autoridad laboral tiene un plazo de 45 dias para resolver y autorizar el plan de trabajo a contar desde la fecha de solicitud.
    Un saludo

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