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  • #43135 Agradecimientos: 0
    berdejo
    Participante
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    febrero 2003


    Hola a tod@s. Tengo una duda y es que en mi empresa de 70 trabajadores tenemos un manual de medidas de emergencia ya que nos dijeron que no era obligatorio tener un plan de emergencia.

    Alguien me puede decir dónde puedo encontrar con qué número de trabajadores es obligatorio tener un plan de emergencia o autoprotección.

    Saludos

    #269621 Agradecimientos: 0
    Canaron
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Creo que alguien te esta tomando el pelo en tu desconocimiento sobre la Ley de Prevencion de Riesgos Laborales, la cual esta en vigor desde 1995. por ello te recomiendo que te la bajes de internet.

    caso de mas dudas o pasos a seguir aqui te envio mi correo:

    Saludos CANARON

    #269622 Agradecimientos: 0
    delair
    Participante
    0
    enero 2003


    Según lo enunciado en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (art.20): “El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas”.

    #269623 Agradecimientos: 0
    james
    Participante
    0
    febrero 2002


    Todas las empresas desde que cuenten con un solo trabajador deben tener un minimo plan de emergencia que recoja las posibles situaciones de emergencia y su forma de actuación, al margen de que debe darse formación e información al trabajador de los riesgos que comporta su puesto de trabajo.

    #269624 Agradecimientos: 0
    Kuadri
    Participante
    0
    noviembre 2002


    En toda empresa debe existir un plan de Emergencia en el que se tengan en cuenta todas las posibles situaciones de emergencia (LPRL). El “tamaño” o la elaboración de dicho plan, se realizará entre otras cosas, en función de la actividad de la empresa y el número de trabajadores.

    La guía para la elaboración del Plan de Autoprotección es de aplicación voluntaria, es decir, no existe un número específico de trabajadores para el cual se tenga que elaborar dicho plan de autoprotección, aunque logicamente, siempre es recomendable.

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