Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #43539 Agradecimientos: 0
    juanillo
    Participante
    0
    junio 2002


    Hola,

    trabajo como técnico de PRL en una empresa de instalaciones eléctricas, en una obra en la cual mi empresa actúa como contratista, hemos subcontratado los servicios de empresas extranjeras:

    1º. ¿Que deben cumplir en cuanto a PRL?

    2º. ¿Que documentación debo solicitar y entregar al Coordinador?

    4º. Los reconocimientos médicos, la formación en materia preventiva y las evaluaciones de riesgos, ¿son obligatorias en el resto de Europa y por tanto puedo exigirlas?. Cuando les solicito el reconcocimiento médico se suelen quedar a cuadros.

    3º. La tramitación de la documentación para la aplicación del convenio con la Seguridad Social española, para la atención médica al personal desplazado, ¿debe cumplimentarla la empresa subcontratada?

    4º. Como contratista hemos elaborado un Plan de S y S, ¿debemos traducirlo al idioma de la empresa subcontratada?

    5º. En el caso de que el personal desplazado pertenezca a una delegación de otro pais de mi misma empresa, ¿la actuación sería la misma que con cualquier otra empresa subcontratada?

    6º. ¿Normativa que regule este tipo de subcontrataciones?

    Estoy un poco liado con este tema, gracias de antemano.

    Un saludo

    #270938 Agradecimientos: 0
    no hay
    Participante
    0
    julio 2003


    es asi de simple como vos preguntas, todo lo que has dicho debe cum plrse; establezcamois la base en normas ISO, OSHAS, que son internacionales y basate en ellas para realizar tu trabajo.

    #270939 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Su pregunta es muy extensa, pero fácil de resumir. Lo que hay que cumplir en España es la normativa de España, que viene a ser la comunitaria transapuesta a nuestro derecho…

    #270940 Agradecimientos: 0
    salitre
    Participante
    0
    julio 2003


    la empresa se debe acoger a buestro plan de seguridad y sulud, ello les obliga a segir las mismas pautas que seguis ustedes.

    deben efectivamente seguir la legiaslacion en relación a los reconocimientos médicos.

    el objetivo fundamental de la prevención es facilitar los medios para la erradicación de los accidentes, por los que por logica se debe de traducir los documentos que al efecto existan.etc.etc.

    #270941 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    ¡OJO! Si las cosas se hacen bien por parte de la subcontrata se trata de trabajadores desplazados y por eso, si se hacen bien, es de aplicación la normativa específica de su país, tanto para el abono de salarios como de cumplimiento de normativa, reconocimientos médicos que pueden ser o no obligatorios, etc. Lo que ocurre es que normalmente se hacen rematadamente mal, no se presenta documento alguno de trabajador desplazado y pasa lo que pasa, que al mínimo problema te aplican la normativa española. Un consejo, si tienes dudas, dirígete a la delegación de Inspección de Trabajo y habla con un Inspector de Trabajo o con un buen asesor laboral, te aclararán muchas dudas y en cuanto a tus preguntas y si las cosas se hacen bien:

    1º.- Deben cumplir la legislación de su país en lo que respecta a Evaluación de Riesgos, reconocimientos, etc.

    2º.- Los documentos de trabajdores trasladados.

    4º.- En países de la CEE yo creo que sí, otra historia son los que no pertenecen.

    3º.- La deben cumplimentar ellos, no te vas a trasladar tú a su país para tramitarla.

    4º.- Sí o que formen a sus trabajadores a pie de obra de los riesgos en un idioma comprensible para ellos.

    5º.- Ni idea.

    #270942 Agradecimientos: 0
    quiros
    Participante
    0
    julio 2002


    Todos los trabajdores deben ser tratados por igual en cuanto a derechos y obligaciones. Así que tienen que cumplir todas las normativas españolas. Si tienen problemas para entender el idioma español piensa que el empresario debe facilitarles la comprensión de toda la información que tenga que darles, tanto del Plan de SS, Plan de Emergencias, Riesgos, etc. Las revisiones médicas son un derecho, no una obligación (para los riesgos que supongo que tienen). Si quieren hacerse una revisión médica se les debe hacer.

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • El debate ‘ Personal subcontratado a empresas extranjeras’ está cerrado y no admite más respuestas.