- Este debate tiene 7 respuestas, 8 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 22 años, 4 meses por mara8776.
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En mi empresa estamos pensando en ofrecer servicio de prevencion de riesgos por la demanda de informacion que estamos recibiendo sobre este tema. Que necesitaria para poder ofrecer este servicio, bastaria con un alta en IAE, un tecnico de prevencion y la autorizacion de la autoridad regional?
Lo que necesitas es convertirte en un Servicio de prevención ajeno. La manera de hacerlo lo encontraras en el R.D. 39/1997 “Reglamento de los Servicios de Prevencion” y en el “Orden de Desarrollo” Orden de 27 de junio de 1997, B.O.E. nº 159, de 4 de julio
Creo que en España tienes que tener la autorización de los organismos regionales y las mutuales, que de acuerdo a mi experiencia necesitaras un experto nivel superior para estar a cargo del departamento.
Los organismos fiscalizadores te pedirán algunas cosas que deberas llevar de acuerdo al tamaño de la Empresa que asesores.
necesitas cubrir todas las especialidades de técnico SUPERIOR en prevención, y el permiso de la autoridad laboral no creo que se consiga facilmente…
Depende de si lo que quieres es actuar como servicio de prevención ajeno o simplemente proporcionar asesoramiento. En el segundo caso, no es necesario ninguna acreditación, pero ten cuidado por si la Inspección de Trabajo interpreta que estás haciendo alguna actividad destinada sólo a los SPA. Conozco un caso de éstos y fue sancionada la empresa. Si deseas acreditarte como SPA debes preparar un proyecto que debe ser autorizado por la autoridad laboral competente de tu comunidad autónoma. Un saludo.
Tu duda se contesta facilmente, el Reglamento de los Servicios de Prevención te indica los pasos inciales que debes dar. Recientemente las Mutuas que ofrecen los Servicios de Prevención Ajenos han tenido que cumplir todos los resquisitos relacionados con los rescursos materiales y humanos, así como definir con claridad el ámbito geográfico en el que van a actuar, pues todo define las necesides que te pueda exigir la ley.
un saludo
Este tipo de pregunta debe ser más clara y concisa. Existe un amplio abanico de respuestas. Mi consejo es que para asesorarte de forma colegiada y sin lugar a dudas, obtengas el reglamento y la ley de prevencion de riesgos laborales (Ley 31/1995 de 8 de nov y Reglamento 39/1997 de 17 de enero).
En concreto puedes consultar el Art. 10 del reglamento.
Recibe un saludo.
busca la informacion en el reglamento de los servicios de prevencion donde explica en función de la modalidad los técnicos que necesitas en función de las especialidades y los avales, medio humanos y materiales.
un saludo
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