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  • #781 Agradecimientos: 0
    ASX
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    julio 2003


    Alguien me puede explicar cual es el lugar exacto dentro del organigrama de la función pública local del técnico de prevención y de quien depende.
    Y cual es el poder de decisión
    gracias

    #78050 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
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    91
    enero 2004


    Maestro

    Pues a todas las preguntas, la contestación es, depende.
    Nuestro caso, colgamos de RRHH, pero somos asesores independientes. Quiero decir que estamos controlados en cuanto a la organización (horarios, permisos, vacaciones, excesos de jornada, etc) pero somos independientes funcionalmente hablando.
    En cuanto al poder de decisión, los relativos a investigar accidentes, planificar la acción preventiva, visitar para realizar informes, el poder es total. Ahora bien, que se haga todo lo que decimos, pues no, no se hace, ahora que si se firma la recepción de lo que se debe hacer.

    #78051 Agradecimientos: 0
    JuJoSa
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    mayo 2008


    la dependencia puede ser, de RRHH. Y el Técnico, asesora no decide.

    #78049 Agradecimientos: 0
    carloss
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    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    El técnico no solo asesora. En realidad la función de asesoramiento y “asistencia” al empresario es competencia del “servicio de prevención” como unidad especializada. Esto viene recogido en la LPRL. Pero si miras el RSP verás que, no el Servicio de Prevención, sino los técnicos tienen, además, concretas funciones más allá de las contempladas en artículo correspondiente de la LPRL para el SP.

    Entre ellas, para los técnicos, una fundamental, la de “promover” la integración de la prevención en la empresa. Y esto no es moco de pavo. Como así lo señala el INSHT en su documento sobre criterios o recomendaciones para la integración de la prevención en la empresa (aquí refiriendose como “la más importante función del -servicio de prevención- en la empresa) la de promoción de la prevención, repito.

    Pues a lo que voy. “Promover” va más allá que asesorar e implicar ejercer una actuación “activa” en el seno de la empresa. Lo que no implica salirse del plato aunque a veces al empresario se lo va a parecer (especialmente en el ámbito de las administraciones públicas).

    Por tanto el servicio de prevención es órgano staff, pero tiene “competencias” que van más allá de lo que es un simple asesoramiento. De ahí las responsabilidades en que pueden incurrir los “asesores”.

    #78046 Agradecimientos: 0
    JuJoSa
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    mayo 2008


    Las responsabilidades, funciones y competencias que tienes como técnico no quita que la decisión última sea de la empresa.

    Eres asesor y si tienes poder de decisión en algunos temas, es porque te lo delegan.

    #78047 Agradecimientos: 0
    Gran pescador
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    julio 2006


    'Función pública local'. Osea, que es un Ayuntamiento.
    Suele depender de recursos humanos. Hay ayuntamientos que, fuera aparte de lo que digan vuestras funciones y responsabilidades (entre las que debe estar la del técnico de prevención), tienen una especie de 'definición de puestos', que viene a querer decir en castellano 'si eso no viene en el papel de mis funciones, no es cosa mía'.
    Poder de decisión no es lo mismo que poder de ejecución. Decisiones se pueden tomar muchas, pero es fácil que haya un jefe de rr.hh., un concejal de personal, otro de obras… y el alcalde por encima, a los que hay que informar, ellos aprueban y después se ejecuta… ó no.

    #78045 Agradecimientos: 0
    ASX
    Participante
    0
    julio 2003


    Quiero daros las gracias por vuetros comentarios, aunque veo que cada uno lo ve de diferente manera.

    creo que todavia falta mucho para que las empresas y otros organismos tomen mas en serio la prevención y a quienes la defendemos.

    saludos

    #78048 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
    Participante
    158
    91
    enero 2004


    Maestro

    Hola Asx, no se dicen cosas distintas, si no que te decimos la misma de diferentes formas. Organizativamente tienes personas que te controlan, funcionalmente eres técnico, y por lo tanto informarás según tu saber. Lo que debes hacer, es decir, el trabajo a desarrollar lo sabes ya que o bien te presentaste a unas oposiciones y en ellas vienen o bien dispones del RD 39/1997, a partir de ahi, al menos mi experiencia, hago lo que tengo que hacer, a través de informes, que nosotros trasladamos a los Jefes de Servicio y a los Delegados de Prevención, si pasado un plazo no se hace nada, pasamos el informe al Concejal responsable de Personal, y hasta ahi llegó nuestro cometido y nuestra responsabilidad. Aún queda otro sitio donde hablaremos del informe que es en el CSS. Si haces esto, estas haciendo tu trabajo, aunque en ocasiones te parezca que no se avanza o que trabajas y no se hace nada, son sensaciones que cambian de forma constante.

    #78041 Agradecimientos: 0
    JuJoSa
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    mayo 2008


    Tu dices:
    …….y el alcalde por encima, a los que hay que informar, ellos aprueban y después se ejecuta… ó no.

    yo cambiaria la palabra aprueban por deciden.

    #78042 Agradecimientos: 0
    Mediopipiolo
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    noviembre 2003


    No se de donde se saca el nivel 22 para los tip. y 24 para los superiores. Cada administracion es un mundo y el nivel(grado responsabilidad) varia

    #78043 Agradecimientos: 0
    carloss
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    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Bueno, se puede aceptar, porque no que “cada administración es un mundo” pero en España hay 4 administraciones (la general, la autonómica, la local y la institucional) todas sometidas a una única ley la LRJPAC.
    En el mundo de la AGE los técnicos intermedios tienen asignado el nivel 22 y los superiores el 24 y ello en virtud de la Comisión Interministerial de Retribucíones, que diseña y aprueba la Relación de Puestos de Trabajo para la Administración General del Estado.
    Las demás administraciones pueden de hecho tener otra “nomenclatura” funcionar con otros niveles, otras categorias etc, pero en virtud del principio de igualdad de trato al final vienen a equipararse en cuanto nivel/grado/cuerpo/grupo/ y sueldo.

    #78044 Agradecimientos: 0
    Mediopipiolo
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    noviembre 2003


    En la CCAA de Cataluña tecnico superior nivel 22
    responsable servicio nivel 26 tecnico intermedio nivel 17

    #78040 Agradecimientos: 0
    Mediopipiolo
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    noviembre 2003


    Bueno ya me entiendes, en funcion de la RLT puede variar TS 22-23 TI 17-18.
    S2

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