- Este debate tiene 9 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 13 años, 7 meses por gevorah.
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Hola!
¿La legislación exige tener extintor/es en una obra de construcción? En caso afirmativo, ¿cuántos? Se debe cumplir también una distancia máxima de 15 metros entre extintores? ¿Se exige que todas las máquinas de la obra dispongan de ellos?
Gracias 😉RD 1942/1993 Reglamento de instalaciones de protección contra incendios
Los medios de extinción serán los siguientes: extintores portátiles, instalando dos de dióxido de carbono de 5 Kg. por cada acopio de líquidos inflamables y pinturas; uno de 6 Kg. de polvo seco polivalente en la oficina de obra; dos de 5 Kg. de dióxido de carbono junto al cuadro general de protección y por último, unidades de 6 kg. de polvo seco polivalente en los almacenes de herramientas, etc.. y otros en el cuarto de acopio de puertas, si se tienen acopios de butano, propano, oxígeno, etc. para soldar las tuberías de calefacción, 1 de polvo en el almacén.Compañero hay que mirar y ver la normativa vigente.
Recuerdo que mirar y ver no es lo mismo.R.D. 1627/1997 anexo IV parte A apartado 5.
y para rematar ¿ es un LUGAR DE TRABAJO???
Saludos
Correcto. Y además, tiene el IV Convenio de la Construcción, cuyas disposiciones relativas a las medidas de seguridad y salud en obras es de aplicación a todas las obras de construcción. Y concretamente en el apartado de incendios dice que:
ARTÍCULO 177.- DETECCIÓN Y LUCHA CONTRA INCENDIOS.
Según las características de la obra y según la dimensiones y el uso de los locales existentes, los equipos presentes, las características físicas y químicas de las sustancias o materiales que se hallen presentes, así como el número máximo de personas que puedan hallarse en ellos, se deberá prever en el plan de prevención de un número suficiente de dispositivos apropiados de lucha contra incendios.
Dichos dispositivos deberán verificarse y mantenerse con regularidad.
Aunque yo no hubiera utilizado el término Plan de prevención en la redacción de este artículo, ya que hubiera sido más apropiado decir en la documentación preventiva de la obra (Plan de Seguridad y Salud o Planificación Preventiva cuando el primero es preceptivo).
si es obligatorio y necesario ya que se tiene bastantes agentes inflamables, se debe ubicar estrategicamente en cada punto desde el restaurante hasta las oficinas y cuartos de combustibles, donde haya hierro, donde haya pipetas de gas, donde esten trabajando los electricos debe haber un extintor se debe colocar en cada punto que se vea la necesidad, espero haber contestado la pregunta ….. gracias
¿donde haya hierro?
No sabia que el hierro fuese combustible.
En toda fase inicial de un proyecto debe contemplarse la protección contra incendio en los vehiculos e instalaciones por construir.Esto como principio de protección contra incendio.
Dependiendo la naturaleza de los materiales a utilizar y las cargas calorificas involucradas, aumenta la protección en base a lo minimo necesario establecido por cualquier norma nacional.
Pues claro que es obligatorio prevenir “Saraga”, controlar los riesgos, todos, y el de incendio también. Porque hay incendios y montones, lo que ocurre es que no ha de protegerse igual que un local o edificio ya acabado y con la actividad que fuese. Tiene sus peculiaridades, pero básicamente le han conestado en ese aspecto en las anteriores contestaciones. . .
Cuantos??
Pues desde un punto de vista economicista los que contemple el ES y el PSS en el apartado correspondiente y en el presupuesto del mismo (puesto que deben estar recogidos, cuantos de que tipo y su partida económica.
Lo de tenerlos creo que está sobradamente respondido
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