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  • #34535 Agradecimientos: 0
    ASX
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    julio 2003


    Necesitaria saber si alguien sabe si el vestuario del personal de una empresa contratada que hace sus servicios diurnos y nocturnos (SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA)tiene que ser reflectante y su normativa que lo imponga.

    gracias

    antonio

    #242399 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Normativa?¿?¿? Quizás figure en algún sitio, Ley, RD, Reglamento, Orden Ministerial, Norma de carreteras o lo que sea, pero la normativa no suele dar las medidas, se limita a ser mucho más general y ahí sí se me ocurren unos cuantos motivos de peso para entregar buzos retrorreflectantes a estos operarios, empezando por la Ley 31/95 y finalizando por el Código de Circulación. Acaso como previenes el riesgo de atropello en el caso de falta de visibilidad de terceros hacia el opeario o trabajadores, para eso está la Evaluación de Riesgos, no es necesario que figure en ninguna normativa en vigor, es SENTIDO COMUN y dar cumplimiento a la 31/95. Y ya entrando en el código de circulación, si a partir de junio es obligatorio el llevar en el vehículo un chaleco reflectante para acceder a viales, imagínate para alguien que trabaje de contínuo en calzada.

    Otro ejemplo, en ningún sitio figura que haya que llevar casco, botas de seguridad o arnés anticaídas en altura, pero la Ley es clara, hay que proteger a los trabajadores contra los riesgos que su trabajo origina.

    #242400 Agradecimientos: 0
    esmegma
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    julio 2004


    Más claro que lo que ha dicho Xirgu, ni el agua. El sentido común es fundamental en esto.

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  • El debate ‘ OBLIGATORIEDAD DEL VESTUARIO REFLECTANTE EN EMPRESA CONTRATADA?’ está cerrado y no admite más respuestas.