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  • #46848 Agradecimientos: 0
    larpi
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    febrero 2002


    ¿Resulta obligatorio el señalizar los equipos de extinción de incendios, extintores, BIE, etc.. desde un punto de vista del RD 485/1997?. La NBE CPI-96 establece que se señalizarán aquellos de utilziación manual que no sean fácilmente localizables ni resulten fácilmente visibles.

    #280449 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
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    agosto 2001


    Aunque la CPI no lo diga expresamente, el RD486 sí. Hay que tener en cuenta que en caso de incendio las condiciones de visibilidad cambian dramaticamente: se va el fluido eléctrico, humo, etc., por lo que cuanto mejor sea la señalización mejor (y si es fotoluminiscente aun mejor).

    Un saludo

    #280450 Agradecimientos: 0
    RDT
    Participante
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    marzo 2003


    e acuerdo a nuestra legislación de seguridad Colombiana si es de caracter obligatorio señalizar y demarcar las áreas de emergencia y los equipos contra incendio.

    Te recomiendo visitar la pagina web de la ww.nfpa.com

    #280451 Agradecimientos: 0
    AJF
    Participante
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    enero 2003


    Sin duda es obligatorio. Un saludo.

    #280452 Agradecimientos: 0
    prof
    Participante
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    enero 2003


    Las normas de incendio suelen basarse en la “FACIL IDENTIFICACION DE EQUIPOS”, bajo presión es muy dificil recordar las instalaciones y los integrantes de Brigadas Públicas de Extinción, no conocen las instalaciones donde le ocurren los siniestros.-

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  • El debate ‘ Obligatoriedad de señalizar equipos de lucha contra incendios’ está cerrado y no admite más respuestas.