Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
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  • #63363 Agradecimientos: 0
    ikanoa
    Participante
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    enero 2004


    ¿Esta permitido que por un mismo conducto (tuberia) pase gas natural y oxígeno al mismo tiempo?En caso negativo en que legislación viene.Muchas Gracias por vuestro tiempo.

    #361257 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    La lógica preventiva dice que no debe ser así, pues estás manteniendo en contacto dos de los tres componentes del triángulo de fuego o explosión (combustible y comburente), de manera que si se hace presente el tercero (fuente de ignición), el desastre es seguro.

    Incluso en la ITC-IGG-01 sobre instalaciones de distribución de combustible te dice que para tuberías de distribución de gas combustible, te dice que:

    “El llenado de gas de la instalación de distribución se efectuará de manera que se evite la formación de mezcla aire-gas comprendida entre los límites de inflamabilidad del gas.”

    Y estamos hablando de instalaciones de distribución unicamente de gas combustible.

    Puedes encontrar esta norma aquí:

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    #361258 Agradecimientos: 0
    67613
    Participante
    4
    0
    febrero 2004

    Iniciado

    Ikanoa:

    El sólo hecho de leer tu consulta, me dió susto…
    A esa mezcla (gas -oxigeno)que se quieres transportar agregale una llama abierta, una chispa o una fuente de calor y luego conversamos….

    Ahora en serio.
    La conducción de fluidos se hace por tuberías dedicadas, es por esto que se pintan de colores y se identifican…
    Ahorrar en el tendido de una tuberia puede causar más pérdidas de lo que se pretende ahorrar…

    saludos

    Annan

    #361259 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Jamás por el mismo conducto, EXPLSOSIÓN E INCENDIO seguro. Siempre por conductos separados e identificados por colores normalizados.

    #361260 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Cuando un gas puede arder en concentraciones normales de oxígeno en el aire se considera inflamable. Los gases inflamables necesitan de 2 condiciones para sostener su combustión: estar a temperaturas y concentraciones definidas. Para el gas natural los límites en los que la mezcla aire-gas puede hacer ignición son 5%-15% en volumen (Límites de Inflamabilidad).
    La normativa de aplicación es el REAL DECRETO 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. Concretamente la ITC-ICG 01 sobre Instalaciones de distribución de combustibles gaseosos por canalización, en su apartado 5.2 indica que “El llenado de gas de la instalación de distribución se efectuará de manera que se evite la formación de mezcla aire-gas comprendida entre los límites de inflamabilidad del gas”.

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