Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #71200 Agradecimientos: 0
    sbt
    Participante
    8
    febrero 2011


    Hola a tod@s,
    Quería saber vuestra opinión acerca de un tema que me ha comentado hoy un amigo… Os cuento… Trabaja en una factoria de GLP, están teniendo problemas, porque debido a las altas temperaturas, y pese a llevar ropa ignífuga, casco y botas de seguridad, estos días los trabajadores van con las mangas subidas (esto sólo ocurre cuando sesarrollan trabajos en los cuales no existe riesgo de contacto con gases).
    Por otro lado está el responsable máximo de la factoría, que entra a planta únicamente con botas de seguridad y casco (y con vaqueros y polos de manga corta), vamos que no tiene una actitud ejemplarizante con las trabajadores…. él se basa en que dice que existe una “ley” la cual dice que si una persona está un porcentaje pequeño de su tiempo de trabajo en planta no es necesario que utilice los EPIS obligatorios para el resto de personal de las instalaciones (al igual que si un dia recibe una visita, las personas entran con ropa de calle, incluso con faldas y tacones, aunque eso sí, siempre con casco!!).
    Le he comentado a mi amigo el RD 486/97, y le he dicho que debe mirar la normativa interna de la empresa… En esta normativa no se menciona en ningún momento la obligación del uso de manga larga, simplemente hace referencia a la ropa ignifuga y al uso para determinados trabajos de guantes largos.
    Mi pregunta es…¿hay algún RD ó NTP en el que pueda encontrar información para poder ayudarle? Por otro lado ..me gustaría saber si es cierto que existe una “ley” que exime a un superior de utilizar los EPIS obligatorios para el resto de personal.
    Muchas gracias de antemano a todos!!

    #419910 Agradecimientos: 0
    MontesAB
    Participante
    2
    13
    julio 2007

    Iniciado

    pufff….sin entender mucho del tema y basandome unicamente en mis conocimientos de trabajos en retenes forestales,……..ir de manga corta con ropa ignifuga, no se muy bien que sentido tiene la verdad.
    El tema de la ley del jefecillo, es la que tienen muchos jefes de obra, directores de obra, etc… pero no la vas a encontrar, solo se encuentra en un librillo que tienen ellos escondido debajo de la almohada y no se lo enseñan a nadie, pero a que lo hacen creible los jodios!!!
    saludos 😉

    #419911 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
    Participante
    158
    91
    enero 2004


    Maestro

    Si el responsable de la factoría señala la estupidez esa de que por que esta poco tiempo no tiene por que ponerse los equipos de protección, aviaos vamos, puede tu amigo esperar el desastre por que tarde o temprano ocurrirá. No obstante, la factoría tiene que disponer obligatoriamente de un plan de prevención y las correspondientes evaluaciones de riesgos. A mi personalmente no me disgusta que el nivel de cultura preventiva llegue a tal punto que los propios trabajadores sepan donde pueden ir con y sin protección, es decir si hace calor y sus conocimientos de la factoría les hace sabedores de que lugares, trabajos , tareas, etc., pueden hacerse con la mangas remangadas y cuales no, no estará mal, lo que pasa es que la experiencia me dice que normalmente no es así y que una vez me remango, aún entrando en lugar donde necesite la prenda ignífuga, ya sigo remangado. Normas que te ayuden, la ley de prevención la primera, ya que de ella sacarás la necesidad de disponer de la planificación preventiva,. La ropa ignifuga, no encontrarás una norma, mas allá de la que te diga que si un trabajador puede estar expuesto a ….. la use. Nosotros por ejemplo los bomberos, la llevan, y no le ocurrirá a uno remangarse, o si ……… Pero así es como estamos aún.

    #419912 Agradecimientos: 0
    sbt
    Participante
    8
    febrero 2011


    Gracias!!

    #419913 Agradecimientos: 0
    Ridad
    Participante
    1
    0
    octubre 2010

    Iniciado

    @sbt wrote:

    Gracias!!

    La verdad, como nórma de seguridad, es obligado que toda persona que entre en zona de trabajo debe llevar ropa adecuada al riesgo. El riesgo de cada planta, ya no es el tipo de trabajo, es los productos que en esta hay. Si llevar ropa NO de seguridad aunque NO TRABAJE, es una infracción de seguridad. En caso de accidente sería su culpa el no estar con la ropa de seguridad que marca el acceso a cada planta.

    Otra cosa además es por higiene propia, yo no entraría en plantas con ambientes tóxicos, nocivos o de riego químico con mi ropa de calle, pues esta contaminatión (mayor o menos) me la llevo a casa conmigo y esa “contaminación” la reparto a mi família…

    Esa mentalidad obsoleta de marcar diferencia entre currito o mando, acaba perjudicando a todos, aunque más a quien no respeta las normas.

    Conoxco un caso real donde 5 operarios con ropa de seguridad y un mando con sólo zapatos de seguridad en zona de trabajo y este último de observador… resultado después de una explosión del residuo interior del producto (sólo hubo explosión), operararios contusionados y hasta saltaron dos por los aires, mientras que el mando la deflagración incendió su ropa de calle probocando muy serias quemaduras…

    Si estas en zona de riesgo los galones no te protegen.

    Además estas situación de a mi no que sólo miro… ayudan a que los operarios se confundan y vean que saltarse las normas es cosa adecuada…

    Espero sirva de algo.
    Saludos

    #419914 Agradecimientos: 0
    YOR
    Participante
    0
    septiembre 2003


    Hola. Te puedo poner un ejemplo de mi caso. Trabajo en seguridad en un refinería, y tenemos normativa interna y estricta, respecto a la olbigatoriedad de usar ropa antiestática e ignífuga. Sin excepciones. Ya se un operario o un responsable. Incluso es motivo de sanción el hecho de subirse las mangas, aunque haga calor. Obviamente si la empresa invierte en seguridad, comprando este tipo de ropa especial, es para hacer uso correcto de ella.
    Por tanto, basta con sacar normativa interna de la empresa de obligado cumplimiento y describir que es motivo de sanción no usarla o usarla de manera incorrecta. Aplicable a TODOS:

    Un saludo.

    #419917 Agradecimientos: 0
    Jorge Fer
    Participante
    1
    1
    abril 2016

    Iniciado

    Coincido con todos… Como han dicho, la normativa debería aplicarse a todo el mundo… Por ese motivo, si la ropa laboral ignífuga es obligatoria, lo debería ser para todo el mundo y en el mismo espacio.

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    #419916 Agradecimientos: 0
    jorgito reme
    Participante
    1
    0
    agosto 2018

    Iniciado

    Yo creo que puede quedar cierto margen de ambigüedad ante esa pregunta concreta, de si se permite manga corta. De todos modos, como dicen los compañeros, si se trata de seguridad entonces pierde sentido prescindir de la manga larga.

    Jorge
    reparacion lavavajillas madrid

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    #419915 Agradecimientos: 0
    deodato
    Participante
    4
    5
    enero 2011

    Iniciado

    Pues que relajado ambiente laboral: EL PATRÓN SIN PROTECCIÓN A VISITAR LA PLANTA; LOS TRABAJADORES ARREMANGADOS LA IGNÍFUGA POR EL CALOR! hombre!!! y donde está el responsable de la seguridad de la empresa? POR DIOS! 😕 😕 😕

    "toda contribución bien intencionada será bien recibida"
    "toda contribución mal intencionada será canalizada"

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