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Tengo una duda sobre el campo de aplicación de la ley de subcontratación :En el caso de que yo sea una fábrica de productos químicos o una central eléctrica y contrato la realización de una obra en mi fábrica, en mis terrenos, se le aplica la ley de subcontratación a la empresa de construcción que viene a trabajar a mi “casa”?
que me aplica a mi?
y para el caso de que seauna empresa de montaje la que viene a mi “casa”?
saludos y graciasLey 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción
BOE núm. 250 de 19 de octubreArtículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente Ley será de aplicación a los contratos que se celebren, en régimen de subcontratación, para la ejecución de los siguientes trabajos realizados en obras de construcción:
Excavación; movimiento de tierras; construcción; montaje y desmontaje de elementos prefabricados; acondicionamientos o instalaciones; transformación; rehabilitación; reparación; desmantelamiento; derribo; mantenimiento; conservación y trabajos de pintura y limpieza; saneamiento.
Condiciones que se indican:
1º Que se celebren contratos en regimen de subcontratación (vease art. 3 Definiciones).
2º Que se trate de una obra de construcción (vease art. 3 Definiciones, je,je (ya estamos como en el RD 1627/97)).
3º Que se refieran a la ejecución de los trabajos indicados.
Todo esto con independencia de la situación geográfica o temporal, a partir de la entrada en vigor de dicha ley.
PD: dicha ley tiene un art. 3 de Definiciones donde te sitúa a ti y a las empresas que contrates.
Por supuesto.
Tu te conviertes en la figura del promotor y la empresa que viene a construir seria la contrata.
Saludos.SI
Tu empresa es responsable de todos los trabajadores que esten en tus instalaciones, tanto propios como subcontratar, incluso el que viene a recoger los contenedores de residuos….(que solo esta en las instalaciones 10 minutos…)
Y particularmente en el caso de ser una fabrica de productos quimicos con mas motivo debido a los riesgos que hay en las instalaciones
Aqui tienes copia de la documentacion que yo solicito a las empresas subcontratas:
Para observar su cumplimiento, y de esta forma poder garantizar las condiciones de Seguridad y Salud de los trabajadores de su empresa que realicen trabajos en nuestras instalaciones, les solicitamos la siguiente documentación:
Modelo de Organización Preventiva adoptado ( Trabajador Designado, Servicio de Prevención Propio o Ajeno, Asunción por parte del Empresario, etc.) así como la persona de contacto ( nombre y Teléfono ).
Definición de los trabajadores ( Nombre y D.N.I ) que vayan a prestar servicio en nuestras instalaciones, con el compromiso de comunicación en caso de variación de los mismos.
Evaluación de Riesgos y Medidas Preventivas específicas de los trabajos a desempeñar en nuestras instalaciones.
Medidas de Prevención y protección individual o colectiva que se precisen.
Certificados de Aptitud médica.
Certificados de Formación e Información para los trabajos a realizar (según Ley vigente).
Justificante de la entrega de Equipos de Protección Individual (EPI’S).
Certificado de Profesionalidad ( en caso necesario por existencia de norma reglamentaria ).
Fotocopia de Alta de la Seguridad Social de los Trabajadores ( para trabajadores extranjeros se adjuntara copia del permiso de trabajo / N.I.E.).
Póliza de Responsabilidad Civil.
Justificante de estar al corriente de pago en la Seguridad Social (TC1 y TC2).
Copia firmada por los trabajadores de “Información de riesgos a personal externo” y “Normas de actuación “Gracias por la respuesta, pero todo esto ya venia contemplado por el RD de Coordinación de activiades empresariales.
Yo me refiero a si le tengo que pedir Libro de subcontratación y resto de requisitos de la ley y el RD.Cuales son las responsabilidades en materia de prevención de la figura del contratista?
y del promotor?
las respuestan responderan a tu pregunta.
te remito a mi anterior aportación, mirate la 32/2006 y mas concretamente las descripciones de las figuras del promotor y del contratista.
El libro de subcontratación es una obligación del contratista.
saludosClaro que se le aplica la ley.
Asimismo se deberá de apegar a los lineamientos de tu empresa y en caso de que la subcontratada cuente con sus propios lineamientos, entonces se deberán conciliar con los tuyos, ya que la ley se aplicará por igual en ambas partes.Pues usted sería el Promotor, y la empresa a la que contrata para hacer ese trabajo sería la Contratista que quedaría sujeta a toda la normativa general y la específica de Construcción, dentro de ella la de Subcontratación. Es evidente, o me figuro que las obras a realizar sería objeto de un Proyecto Previo, consiguiente Dirección de Obra, etc.
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