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  • #24311 Agradecimientos: 0
    svg
    Participante
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    octubre 2002


    Buenos dias a todos.
    Necesitaria, si alguien me pudiera ayudar, la normativa que me diga si tengo obligación o no de colocar un lavaojos en una sala de baterias.
    Muchas gracias por adelantado.

    #205195 Agradecimientos: 0
    JCX
    Participante
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    noviembre 2004


    La normativa que al menos en Chile se conoce es la ANSI 358.1, la cual indica que ante la presencia de cualquier químico que pueda entrar en contacto con una persona, debe haber un medio de protección que permita un primer auxilio. El caso de las baterías es muy sensible ya que se trabaja con soluciones ácidas que salpican y pueden entrar en contacto con la persona que opera.

    #205196 Agradecimientos: 0
    marcom
    Participante
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    marzo 2005


    Hola, aquí en México rige la Nom-017 de la Secretaria del Trabajo. Esta Norma habla sobre el Equipo de Protección Personal. En cualquier actividad que realices tienes que efectuar un análisis de riesgo. En este caso pienso que es necesaria una Regadera y lavaojos de Emergencia.
    Saludos. Marco A. Mercado

    #205197 Agradecimientos: 0
    nicarao
    Participante
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    marzo 2004


    claro que si en las normativas de mi pais si se exige tener un lavo ojo y ducha en un lugar bien higienico con agua fria y caliente por cada 10 trabajadores,para hacer atendido de inmediato mientra se lleva al sitio de socorro

    #205198 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
    Participante
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    agosto 2001


    Las fuentes lavaojos son muy adecuadas para dar los primeros auxilios en caso de accidente, pero no lo evitan, por lo tanto, estaría muy bien su instalación, pero sin olvidar que el objetivo es ante todo evitar que tenga que utilizarse la fuente.
    Un saludo.

    #205199 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Más que un anormativa específica, te diría la necesidad de disponer de una ducha-lavaojos de emergencia ante cualquier salpicaduras de ácido por ejemplo, de baterias alcalinas, o de cualquier otro producto de baterias denominadas de plomo, entre otras. Los efectos de dichas salpicaduras ya los conocemos ( quemaduras en cara, ojos, o piel de nuestro cuerpo)y que podemos intervenir a tiempo sin que cause daños mayores.

    #205200 Agradecimientos: 0
    vivanco
    Participante
    0
    octubre 2005


    En Chile se considera una norma que establece la necesidad de un equipo de emergencia ante posibles salpicadura de algun líquido de caracter acido, es recomendable considerar esta posibilidad y analizar los procedimientos de trabajos en el area, posibilidad de ocurrencia de un evento y aplicar instrumentos de control para evitar la ocurrencia o en su efecto minimizar las consecuencia de la ocurrencia.

    #205201 Agradecimientos: 0
    Lucya
    Participante
    0
    febrero 2005


    En todo lugar donde se manipulen productos químicos peligrosos debe existir ducha y lavaojos para casos de emergergencias. Si por el momento te resulta imposible instalar una en el mercado existen kits que no necesitan instalación

    #205202 Agradecimientos: 0
    hijounagranputa
    Participante
    0
    mayo 2005


    Creo que deberias hacerlo mas por sentido comun que por norma.

    #205203 Agradecimientos: 0
    Hazmat
    Participante
    2
    0
    agosto 2003

    Iniciado

    Por supuesto que si. Aún cuando se usen los equipos de seguridad facial y visul (pantallas faciales, lentes), siempre queda el riesgo de accidente y posible lesión a piel y ojos.

    #205204 Agradecimientos: 0
    XOCER9
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Deberías ponerlo y además los que necesita instalación de fontanería.

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