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  • #374293 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Si, debe hacerlo. Con ello reduce riesgos de tipo biológico (exposición a patógenos transmitidos por sangre y otros fluidos corporales) y cumple ante la Ley como patrón.

    #374295 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Hombre, sería infinitamente más efectivo trabajar con un procedimiento de trabajo que evitara el contacto, tipo contenedores cerrados en los que depositar y manipular la ropa, creo yo, aunque por la posibilidad de contaminación, sí, la empresa debería realizar el lavado de uniformes, por lo que pudiera pasar.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #374294 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    diciembre 2004


    Gran Maestro

    ¿Ein? El convenio es más restrictivo, por tanto no contradice la norma. De todas formas, en las instalaciones propias o ajenas, si se asegura una descontaminación adecuada y se utilizan “medidas de higiene que eviten o dificulten la dispersión del agente biológico fuera del ambiente de trabajo” Art.6.1.f (que supongo que a eso se refiere este convenio…) no hay agente de la AL que tenga los coj… de decir que el procedimiento es incorrecto.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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