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  • #53673 Agradecimientos: 0
    irene8038
    Participante
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    noviembre 2001


    Tenemos un trabajador en régimen funcionario,con baja laboral por enfermedad común. En el estudio de su patologia no se ha evidenciado ninguna alteración orgánica que justifique la IT pero el trabajador no quiere reincorporarse a la empresa si no le cambian de puesto de trabajo.

    ¿Que proceso ha de seguirse para su reincorporación?. Lleva 12 meses de baja.Hemos consultado con el Centro de Reconocimientos y Evaluaciones Médicas y nos dicen que para funcionarios , el proceso es diferente.

    Agradecemos de antemano vuestra ayuda.

    #303607 Agradecimientos: 0
    Neus
    Participante
    0
    octubre 2001


    Debería hacerse una consulta-comunicado por escrito a la Inspección médica de los Servicios de Salud de la Comunidad, o al servicio sanitario que tenga la gestión de su incapacidad.

    Habría que saber porqué pide el cambio de puesto de trabajo ¿?

    #303608 Agradecimientos: 0
    manolo16582
    Participante
    0
    marzo 2002


    Falta información de porque no quiere volver a su puesto de trabajo. ¿Se trata de un mobbing?¿Aunque no haya patología orgánica, hay alteración psiquica que justifique su I.T?. La verdad, sigo repitiendo quje falta información.

    #303609 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:

    De chantajes, no debes admitir ni uno. Yo estoy harto de estas situaciones y te recomiendo que no cedas, ya que si lo haces estarás creando un precedente.

    Un saludo

    Javier

    #303610 Agradecimientos: 0
    M.A
    Participante
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    abril 2002


    En mi opinión, si no existe patologia que justifique la IT, procede cursar el ALTA laboral, previa consulta con los servicios de Inspección de la comunidad. De todos modos, faltan datos para valorar el tema con más profundidad.

    #303611 Agradecimientos: 0
    VSF3577
    Participante
    0
    marzo 2002


    Como he indicado a otro compañero , primero te preguntaria si eres medico del trabajo y/o diplomado , pues nuestra funcion en la vigilancia de la salud no es la de intentar ” fiscalizar las situaciones de IT” Esto no quita que debamos asesorar , dialogar con el trabajador , En este caso la empresa de oficio puede solicitar un infrome de revision por parte de los Servicios Medicos de la Mutualidad de Funcionarios , que teoricamente existen ( MUNPAL , MUFACE, etc ) antes de agotar el plazo de 18 meses . Un saludo

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