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  • #45999 Agradecimientos: 0
    Dragon0
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    octubre 2002


    Hola, soy un técnico intermedio recien titulado. Tengo una duda sobre lo que es un informe de riesgos. Vereis, en mi casa, a finales del mes de Noviembre, un vendaval se llevó la cubierta superior del techo, que es una azotea no transitable, sin barandilla. Y en estos días, si el tiempo acompaña, se procederá a su reparación. Mi pregunta es: ¿hay que hacer un Informe de Riesgos para la empresa que realice la reparación? ¿En que consiste ese informe?¿Quien lo debe realizar y con que formato? Gracias, un saludo.

    #277828 Agradecimientos: 0
    AAL
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    febrero 2003


    Creo que la empresa que realice la reparación debe tener efectuada una evaluación de riesgos de la actividad, que deberá actualizar para el casoq ue tu explicas. Lo debe realizar la empresa, con personal competente para ello, y mi opinión es que debe ser una identificación y evaluación de riesgos, que incluya las medidas preventivas para el caso.

    #277829 Agradecimientos: 0
    JCantero
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    mayo 2002


    En aplicacion del RD 1627/97 sobre obras de construcción, el propietario toma el papel de promotor y por tanto esta obligado en la fase de proyecto a que se elabore el correspondiente estudio (basico) de seguridad y salud. Posteriormente, el contratista debera elaborar el Plan de seguridad. Son en estos documentos donde se recogen tanto el estudio de riesgos como las medidas de seguridad a aplicar.

    #277830 Agradecimientos: 0
    elton
    Participante
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    abril 2003


    La empresa que realice la reparación debe informar a los trabajadores de los riesgos del trabajo a realizar y estableciendo las medidas oportunas para su eliminación o disminución. el contratante debe asegurarse de lo anteriormente expuesto.

    #277831 Agradecimientos: 0
    PABS
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    enero 2002


    Se supone que estamos hablando de una vivienda particular, por lo tanto quienes tienen que tener hecha la evaluación de riesgos correspondiente es la empresa que va a realizar la reparación, ten en cuenta que la LPRL esta descrita para empresas que tienen a su cargo uno o más trabajadores no para particulares.

    #277832 Agradecimientos: 0
    hugo1960
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    mayo 2003


    El particular, dueño de la vivienda, como cualquier empresa mandante debe serciorarse de que se cumpla todo lo referido a PRL. De esta forma, se obliga a la empresa contratista a desarrollar una estrategia de trabajo en donde se reconozcan, evaluen y controlen los riesgos asociados a la actividad, para lo cual debe comenzar con un análisis seguro del trabajo, en el cual deben participar todos los trabajadores.

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