Viendo 10 entradas - de la 1 a la 10 (de un total de 10)
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  • #12915 Agradecimientos: 0
    A_Lopez
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    abril 2004


    El apartado 3 del artículo 4º del RD488/1987 (Pantallas de visualización de datos) dice “El empresario proporcionará gratuitamente a los trabajadores dispositivos correctores
    especiales para la protección de la vista adecuados al trabajo con el equipo de que se trate, si los resultados de la vigilancia de la salud a que se refieren los apartados anteriores demuestran su necesidad y no pueden utilizarse dispositivos correctores normales.
    La guía técnica del INSHT amplia que por “dispositivos correctores especiales” se debe entender aquellos dispositivos correctores de la
    visión (normalmente gafas) que sean prescritos en los exámenes de salud, por el médico
    responsable de los mismos, con el fin de poder trabajar a las distancias requeridas específicamente en el puesto equipado con pantalla de visualización.
    Mi pregunta es: ¿Tiene obligación el empresario de facilitar gafas graduadas a los trabajadores de oficina con problemas visuales? ¿Alguna de vuestras empresas está facilitando gafas al personal de oficina?
    Saludos

    #144376 Agradecimientos: 0
    pixixuli
    Participante
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    agosto 2003


    Jamás me había planteado la pregunta. La verdad es que siempre que alguien necesita gafas se las ha comprado de su propio bolsillo, porque entiendo que la pérdida de visión no se debe únicamente a las PVD durante su jornada laboral. Ahí influyen muchos factores.
    De todos modos, si el médico de trabajo lo especifica, entonces habría que planteárselo seriamente al empresario.
    Saludos,

    #144377 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Normalmente las gafas graduadas son costeadas por el propio trabajador, salvo excepciones, en el caso, por ejemplo, de estar establecidas , en el propio Convenio de la empresa o sector (?).

    #144378 Agradecimientos: 0
    supercas
    Participante
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    febrero 2007


    y si se demuestra q los problemas de visión se deben al uso de PVDs, por ejemplo durante 10 años trabajando en una oficina?

    #144379 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
    Participante
    2
    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Como lo demuestras??? como demuestras que no se debe al desgaste, a la edad… no sé, es un tema complicado.
    La verdad es que, al igual que el compañero anterior, este tema nunca me lo había planteado. En teoría y con la ley en la mano, si se demuestra que es debido al trabajo (médico), la empresa se lo debería costear.

    RD 488/97 Art. 4 Vigilancia de la Salud

    2. Cuando los resultados de la vigilancia de la salud a que se refiere el apartado 1 lo hiciese necesario, los trabajadores tendrán derecho a un reconocimiento oftalmológico.

    3. El empresario proporcionará gratuitamente a los trabajadores dispositivos correctores especiales para la protección de la vista adecuados al trabajo con el equipo de que se trate, si los resultados de la vigilancia de la salud a que se refieren los apartados anteriores demuestran su necesidad y no pueden utilizarse dispositivos correctores normales.

    #144380 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Existe sentencia al respecto, pero no tengo más datos, sólo conservé esto:

    Una sentencia del Juzgado de lo Social de Cantabria ha reconocido el derecho de un trabajador y representante sindical de UGT en el Santander Central Hispano (SCH) a ser compensado por la entidad bancaria con el importe económico de unas lentes protectoras adquiridas por el afectado por los problemas visuales “para distancia de trabajo” generados por “la fijación continua al ordenador”.

    Según ha informado UGT, el fallo judicial obliga al SCH a sufragar, previa prescripción médica, la compra de todos aquellos elementos protectores individuales, como las gafas adquiridas por el demandante, que necesite la plantilla por el uso del ordenador, siempre y cuando “no puedan utilizarse dispositivos correctores normales” o sean insuficientes para evitar la lesión ocular, como –dice– sucede con las pantallas protectoras de los ordenadores de la entidad bancaria.

    La propia dirección del SCH en Cantabria ya ha comunicado a la plantilla su intención de aceptar el pago de lentes o elementos protectores con carácter individual en consonancia con lo estipulado por el tribunal de lo social de la región. Además, la sentencia reconoce las horas empleadas por el demandante para sus labores sindicales como “jornada laboral y tiempo de trabajo”, decisión, según UGT, cuestionada por el SCH “en su negativa inicial de abonar o financiar la adquisición de dispositivos correctores especiales para la protección de la vista de sus trabajadores”, señala el sindicato en un comunicado.
    Europa Press

    #144381 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    Muy complicado es el tema ya que en esa dinámica, cualquier trabajador que en una revisión médica le digan que necesita gafas se las estará pidiendo a la empresa, no solo los trabajadores que utilizan PVD, también pueden ser conductores,gruistas,y un muchos más en los que por las características del trabajo se necesita una correcta visión,y no necesitan gafas contra impactos. Saludos.

    #144382 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Veamos
    Son dos cosas diferentes, el hecho de que en el examen de salud inicial se detecte que necesites gafas, y el de que debido al trabajo, pases de no necesitar a necesitarlas.
    En el primero, no es obligacion su entrega, en el segundo sí

    Razonamiento legal:
    En el primero, cuando te dice que “se demuestre su necesidad y no se puedan usar los normelaes”, la guía se refiere a situaciones, como por ejemplo, de riesgo de proyecciones, etc.. en los que las gafas normales no evitan el peligro, y no puedes obligar al trabajador a comprarse unas gafas especiales antiproyecciones de su bolsillo. A eso se refiere con correctores especiales.
    En el segundo, en cambio, la pérdida de visión por el uso de PVD´s, al no estar reconocida como enfermedad profesional, se debe considerar un “accidente de trabajo”, y como tal debe estar tratado por la Mutua y se deben poner los medios por parte de la empresa para que no vuelva a ocurrir o no se agrave, en este caso, las gafas.
    Un saludo

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #144383 Agradecimientos: 0
    supercas
    Participante
    0
    febrero 2007


    bendita vigialncia de la salud. deberiamos hacerla todos y siempre de forma anual. la q me habría ahorrado yo en gafas….

    #144384 Agradecimientos: 0
    majitobarreno
    Participante
    0
    abril 2002


    La solución al aparente enigma planteado sobre la dotación de gafas a trabajadores “usuarios” de PVD, reside en la palabra “especiales”.
    Exisiten en el mercado unas gafas especiales para ordenador (PVD) cuya distancia focal es adecuada para utilizar estas y ver de cerca o de lejos. Es por tanto a estos dispositivos correctores especiales a los que se refiere el citado RD y el trabajadore debes ser usuario de PVD con los criterios del mismo RD y de la Guia Técnica.
    Asi que, por lo tanto, no es aplicable a cualquier trabajador que precise gafas en su trabajo y estos dispositivos especiales los deberá recomendar o recetar el médico de la empresa.

    Un saludo,

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