- Este debate tiene 9 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 20 años por ANTONIO SOLA.
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Hola a todos. Trabajo en una empresa de aprox 65 trabajadores (este número varía mucho) y soy técnica de grado medio. Tenemos un servicio de prevención ajeno concertado con una mutua que NO se encarga de la formación de los trabajadores en materia de prevención, hasta ahora la subcontratábamos a una empresa acreditada que daba un curso de 20 horas a todos los trabajadores que se incorporaban en la empresa. Queremos hacernos cargo nosotros mismos de la formación. legalmente, puedo dar yo ese curso?
Legalmente si puedes,Articulo 36 del Real Decreto 39/97, apartado d).Realizar actividades formativas e informativas básicas para los trabajadores.
Solo puedes darlo a un nivel relativamente básico , para dar formacion de forma mas completa , y especifica , debes tener el master superior .
saludos
Puedes darla acorde al nivel preventivo que acredites. Da igual que sepas mucho o poco, importa que lo tengas acreditado.
Así está el tema.
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/¿Tienes formación y/o experiencia en capacitación? ¿Te crees en condiciones? Pues… Adelante.
Algo que debes tener en cuenta es que independientemente de lo que tengas acreditado en el título que hayas obtenido, deberías preocuparte mucho por el nivel de conocimientos que poseas en el tema que vas a impartir capacitación, ya que si no lo conoces bien, puedes cometer errores, que si bien poueden llegar a paracer insignificantes, pueden transformarse el día de mañana en un serio accidente ¿Tienes conciencia? Entonces, dá la capacitación de lo que sepas, sino sería poco serio lo tuyo.
puedes dar toda la formacion que quieras, si conoces el trabajo y tienes experiencia con la titulacion de tec. intermedio no habra nadie que sepa mas que tu, animo.
con el nivel intermedio, el reglamento de los servicios de prevención te capacita (funciones de nivel intermedio); pero OJO, todo lo que asuma la empresa con medios propios tendrá que estar sometido a una AUDITORIA de prevención (art. 29 L.P.R.L.); en dicha auditoría te dirán si es conforme o no dicha formación.
Legalmente y ateniendote al reglamento puedes impartir formacion anivel de cursos basicos
Como técnico intermedio, estás suficientemente capacitada para poder impartir la formación que contempla el artº 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Ahora bien, para que puedas impartir y acreditar la formación en tu empresa, ésta te debe nombrar “trabajador designado”, ya que sólo se puede afrontar esa actividad preventiva al amparo de una de las modalidades contempladas en el artº 10 del Reglamento de los Servicios de Prevención o recurriendo, tal y como lo habéis hecho hasta ahora, a una empresa autorizada. Como bien dice INMA03, habríais de someteros a la auditoría que exige el artº 29 del Reglamento de los Servicios de Prevención.
Saludos
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