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  • #22438 Agradecimientos: 0
    mincho70
    Participante
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    febrero 2003


    Existe en la legislación, en donde se menciona que el examen médico anual tiene que realizarse dentro de los días laborales del trabajador.

    #195564 Agradecimientos: 0
    pako86
    Participante
    0
    junio 2005


    Me parece que no.

    Pero por pura logica, me parece que, en los dias festivo para el trabajador, este , no está obligado a responsabilidad u obligación alguna, digo yo…

    Un saludo

    #195565 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:
    La LPRL dice que debe hacerse sin perjuicio del trabajador, es de sentido común que se haga en horario de trabajo. Sin embargo, la LPRL también dice que el reconocimiento es voluntario y la obligación de la empresa es de ofrecerlo, no de hacerlo. En mi empresa, el tiempo trabajado que se dedica el reconocimiento se justifica que se ausente de las labores productivas pero no se paga, ya que es algo voluntario. En los puestos de especial riesgo en los que yo, como médico, considero que es obligatorio que se lo haga, se le debe pagar ya que no es voluntario.
    En muchos convenios colectivos están recogidas las condiciones en que se ofrecen los reconocimientos.
    Un saludo

    Javier

    #195566 Agradecimientos: 0
    ROLO
    Participante
    0
    junio 2002


    Efectivamente existe escrito lo que mencionas. además la misma OIT lo recomienda. Saludos

    #195567 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    Tiene q hacerse en horario de trabajo, si no supondria un perjuicio para el trabajador..igual q con la formacion. saludetes.

    #195568 Agradecimientos: 0
    Elena-Madrid
    Participante
    0
    agosto 2005


    Me gustaría saber en qué casos es obligatorio. Más concretamente, el artículo en el que se expone eso.
    gracias.

    #195569 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimada compañera:
    Es obligatorio cuando el médico el trabajo considera que lo es. Ademas, es obligatorio en los supuestos específicos que marca la ley, por ejemplo ruido ambiental superior a 90 dBA y el sentido común dice que es obligatorio en los trabajos del Anexo I, aunque algunos ompañeros no están de acuerdo y admiten la renuncia firmada del trabajador a hacerse el reconocimiento de CVS.
    Un nsaludo

    Javier

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