Estimado compañero:
La LPRL dice que debe hacerse sin perjuicio del trabajador, es de sentido común que se haga en horario de trabajo. Sin embargo, la LPRL también dice que el reconocimiento es voluntario y la obligación de la empresa es de ofrecerlo, no de hacerlo. En mi empresa, el tiempo trabajado que se dedica el reconocimiento se justifica que se ausente de las labores productivas pero no se paga, ya que es algo voluntario. En los puestos de especial riesgo en los que yo, como médico, considero que es obligatorio que se lo haga, se le debe pagar ya que no es voluntario.
En muchos convenios colectivos están recogidas las condiciones en que se ofrecen los reconocimientos.
Un saludo
Javier