- Este debate tiene 13 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años, 5 meses por Oscar Montes.
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Tengo un trabajador con Dx Epilepsia pendiente de nueva valoracion y valoracion de informes de neurologo en reconocimineto inicial. El unico y ultimo crisis de epilepsia ( postoperatorio, como secuela de traumatismo cranial) tenia hace 20 años pero actualmente sique con tratamiento de mantenimiento. Puede ser apto para trabajo como oficial Montador de pladur? Trabaja en alturas ,con andamios ,etc. Gracias.
A mi me parece que necesitas una información más ajustada por parte del Neurólogo. Aunque yo no lo soy, me sopredende que después de una sola crisis de origen postraumática ( si te he entendido bien )le pusieran tratamiento y además durante 20 años. Hasta donde yo sé cinco años sin síntomas es una buena cantidad de tiempo como para retirar el tratamiento. Honradamente creo que igula no tienes toda la información que necesitas para poder dar un Apto. Me quedo en NO APTO,dado el tremendo riesgo de que le de una crisis estando en alturas ( baja probabilidad, pero cosencuencias muy graves ,convierten el rieso en IMPORTANTE ).
Da mucha pena dar un No apto a un profesional pero creo que le protege más que le dañaEstimado compañero:
Estoy como Oscar, no entiendo el manejo del caso. Una crisis epiléptica tras un TCE la puede provocar el mismo edema, pero una vez resuelto y tras 3 años sin crisis ¿porqué mantiene el tratamiento? no me cuadra, pero entiendo que el riesgo de crisis se mantiene.
A ver si algún internista del foro nos actualiza la neurología y retomo la respuesta.
Un saludoJavier
Estoy con Oscar y con Javier… no tiene sentido lo que cuentas: crisis única, con etiología conocida (traumatismo craneoencefálico)… ¿y todavía con tratamiento?.
Aun con todo, después de todo este tiempo sin nuevas crisis para mí sería un apto sin restricciones al trabajo en altura.Como comenta Oscar necesitas un informe del Neurologo en el que espedifique el diagnostico, tratamiento, evolucion y fecha de la ultima crisis, en cuanto a la aptitud este caso seria un apto condicionado a no realizar trabajos en alturas solamente.
Definitivamente no es apto, para ese tipo de trabajo ya que como vos sabeis, es una situacion de riesgo y conforme a normativa oficial, si sucede algo tendras todas las pruebas en tu contra
saludosAunque la opinión del internista que pide Javier llega un poco tarde, espero que sirva. Desde luego que no hay ninguna indicación de mantener un tratamiento antiepiléptico 20 años tras una crisis única. Otra cosa es que los EEG demuestren un foco muy irritativo, pero lo dudo, pues habría sido mucho más complicada la evolución de estos 2 años. Yo no le daría la aptitud hasta recibir un informe que libere mi responsabilidad, pero darle un NO APTO no es darle protección, como dice Oscar, sino hacerle una gran putada. Apto condiconado al informe o limitado temporalmente para alturas. Creo que sería más justo.
Entiendo la opinión de Gigia porque las pocas veces que he tenido que dar un No apto me ha costado un desgaste emocional ( ya sabes: ponerte en el lugar del otro…) Lo medité antes de contestar porque entiendo que Vasil 44 queria sobre todo un apoyo afectivo más que de conocimiento. Pero también sucede que desde hace un tiempo una de las cosas que me pregunto cuando me surge una incertidumbre respecto a asuntos de nuestro trabajo es : En la peor de la circunstancias, cuando lo peor haya sucedido, ¿sería yo capaz de explicar esto a un tribunal sin sentir que chapoteo en el barro ? Decir que hemos hecho algo porque nos daba pena, nos honra como humanistas, pero no suele servir cuando las cosas van mal, y el primero que pierde es el supuesto beneficiario de nuestro humanismo, en este caso , el paciente.
Vale, pero también, como científicos, debemos realizar un cálculo aproximado de los riesgos, y en este caso, después de 20 años asintomático, el indice de riesgo para sufrir una crisis mientras está en el andamio es más bajo que de tener un accidente “in itínere”, por lo que si podemos dar Aptos a los que van a trabajar con su coche (la gran mayoría), podemos considerar que es excesivo dar un No Apto a un diagnosticado de epilepsia hace 20 años asintomático desde entoces. Yo asumo cierto nivel de protección, pero más legal para el médico que real para el paciente. Y lo asumo aún siendo un enemigo acérrimo de la medicina defensiva, pero comprendo que sin agarraderos legales te enfrentas a incertidumbres que no debes soportar. Por lo tanto, protección legal del médico, pero sin fastidiar al paciente. Apto con Limitación Temporal para Alturas (en espera del informe del neurólogo). Yo no bajaría más ni un ápice.
Muchas gracias a todos por su participacion! Estoy esperando informe de neurologo desde principio. Ya vendra la hora de valoracion. La duda es siguente – existe o no en Espana alguna norma clara prohibitiva para estos enfermos a acupar ciertos puestos de trabajo. Al ser extranjera quisas no lo conozco.
Como el unico valor de referencia conozco la Ley de Trafico y su reglamento en cuanto las aptitudes psicofisicas.
Siendo solamente el medico de apoyo,y no medico de Empresa el caso éste me resulta dificil. Quizas tampoco puedo firmar aptitud en caso de alguna restricción seria , perjudicando al trabajador frente la Empresa y tampoco firmar un No apto.
Con muchisimo agradecimiento espero sus opiniones.Estimado compañero:
¿Qué es ser médico de apoyo? ¿médico del trabajo de un SPA y responsable de la vigilancia de la salud?
No voy a ser el único que no se moje: emitiría un “apto con limitaciones para subir a altura” pendiente de recibir la valoración por el neurólogo. Yo haría una carta al trabajador para que se la entregue a su neurólogo pidiendo una valoración escrita del riesgo de ese paciente. Si se confirma que es medicina defensiva, le doy un apto sin limitaciones.
Hace unos meses tuve un comercial que acudía tras una ILT de larga evolución por trastorno depresivo manejado con altas dosis de benzos. El paciente había solicitado el alta en varias ocasiones, que ni su MAP ni el inspector le quisieron dar hasta que se acercaba el plazo de ir a tribunal. Escribí una respetuosa carta a su psiquiatra solicitándole valoración del caso y expliqué al trabajador que sin esa respuesta no le daba el apto. Encontré desconfianza y reticencias por parte del paciente y del psiquiatra, ya que no están obligados ni el médico ni el paciente a aportar informa alguno a la empresa, pero lo hicieron. Ni siquiera busco hacer medicina defensiva, sino hacer bien mi trabajo y necesito ese informe donde detalle la situación del paciente y la medicación que tiene puesta, para emitir una valoración.
Exactamente igual que en el caso sobre el que haces la consulta.
Un saludoJavier
Gracias Javier,/ Javier Peña Mateos/
pense hacer lo mismo. Tu consejo es muy util.En el reglmento de los servicos de prevención se dice que cuando no hay normas, se utilicen otras de reconocida solvencia (publicaciones INSHT, protocolos, etc.)
Yo lo que aplico en estos casos, y entiendo que tiene defensa legal es el R.D.772 sobre normas de aptitud psicofísica para obtener la licencia de conducir (R. D. de conductores -“vulgo”-), ya que entiendo que si puede conducir un vehículo legalmente,con el riesgo para su vida y la de terceras personas, más puede realizar su trabajo, pues la vida que supuestamente puede poner en peligro es la suya.
Por otro lado el riesgo que tiene en el trabajo no es superior a veces al de la vida real: nadie le prohibe realizar deportes de riesgo, nadar, subir a la Torre Eiffel, etc.
Lo que sí es imprescindible es que las medidas de seguridad se extremen, aunque ya sé que decir esto es una redundancia.¿Cuánta pena te da?. ¿Puedes dormir por la noche pensando que has dejado a un trabajador en el paro ¿por… qué, puede caerse y matarse… Se precipita al vacío porque no tiene sujeción, no por tener una crisis epiléptica, crisis que, estadísticamente, qué porcentaje de aparición puede tener?
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