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  • #73497 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    Buenas noches,

    Tengo una empresa que acaba de formarse y quiere entrar a trabajar dentro de una obra de construcción. En un autónomo con asalariados, tiene su seguro de RC y el de ACC, su SPA, y ya se ha inscrito en el REA ( porque es subcontrata de otra que ya trabaja en la obra)

    – ¿Cuando le puedo pedir los documentos:?

    1- Certificación negativa de estar al corriente en la Seguridad Social
    2- Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias
    3- ITA.

    ¿Lo que quiero decir, es que estos tres documentos cuando se los puedo exigir que me los de?

    Un saludo,

    #434541 Agradecimientos: 1
    Silvia Marco Utrilla
    Participante
    1
    0
    septiembre 2015

    Iniciado

    Buenas tardes Audrey,

    Lo que entiendo es que la empresa acabada de formar es subcontrata de la tuya.
    Al ser de nueva creación, los corrientes de pago, tanto Hacienda como SS deberían poder entregártelos sin demora, al ser de nueva creación, no ha dado tiempo a generar deuda. En cuanto al ITA, lo mismo, una vez que se ha dado de alta el CCC de la empresa (en este caso, autónomo), es un documento disponible en cuanto se da de alta al primer trabajador.
    Solicita los documentos cuanto antes, y, mi recomendación es que el corriente de pago con SS, lo exijas mensualmente, al igual que el ITA. El corriente de pago con Hacienda, dependiendo de la validez que indique en el certificado: 1 año o 6 meses.

    Saludos

    #434542 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    Buenas noches,

    De acuerdo muchas gracias por la información
    Eso haré

    Un saludo

    #434539 Agradecimientos: 1
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    Un trabajador de una empresa debe realizar las funciones que la empresa le encomienda. La integración de la prevención significa precisamente eso, que todo sea un todo inseparable. Por tanto no digamos que esto no es de prevención. Seamos utiles y resolvamos problemas y no parte del problema.
    Por otro lado un autonomo debe cotizar cada mes su cuaota de autonomo a la seguridad social ¿o no? Pues eso.

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #434540 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    Buenos días.

    Muchas gracias por la información y las aclaraciones.

    Un saludo

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