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  • #2435 Agradecimientos: 0
    vas_vendido140785
    Participante
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    julio 2007


    ¿A la empresa que hace la limpieza de las viviendas de la obra hay que incluirlas en el Libro de Subcontratación y en el PSS?

    #88665 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Por supuesto… no deja de ser una fase más de obra. Yendo más allá, a día de hoy deberán estar inscritas en el REA.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #88666 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Creo que en la Ley 32/2006, en su artículo 2 no incluye las labores de limpieza de las viviendas como actividades propias de la construcción. Entonces, ¿porque van a inscribirse en el REA?

    #88667 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    1º- Sí esta en el ámbito de aplicación “Trabajos de pintura y limpieza”
    2º- Criterio de la inspección y de las delegaciones de trabajo: Toda empresa que entre a obra, ya que en el ámbito de aplicación existe un punto en el que se recoge de forma general “construcción” y eso aplica a cualquier trabajo.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #88668 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Rectifico, si estan incluidas las actividades de limpieza y por lo tanto deben incluirse en el REA.

    #88669 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Esto creo que tu y yo ya lo hemos discutido. Un estudio geológico o sondeos del terreno a realizar por personal en la obra por ejemplo no necesita estar inscrito en el REA.Ni los SPA que mandan técnicos a obra deben inscribirse en el REA. O sea que no todo trabajo realizado en obra si no aquel que realiza trabajos o actividades relacionadas con la construcción. Ya he reconocido que lo de la limpieza ha sido una coladura.

    #88670 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Que lo hayamos discutido no significa que te haya dado la razón, y seguiré sin dártea, compañero..
    Un SPA no realiza trabajos de obra, no aporta valor ejecutivo a la misma, es más, no trabaja al servicio de la obra, si no de la empresa que le contrata.. .y por lo tanto no debe estarlo..
    Una empresa de sondeos, si los realiza durante la ejecucion, sí debe estarlo..
    En cuanto a lo de la limpieza, escribí mi post segundos antes que el tuyo, si no hubiera evitado la aclaracion (tampoco consiste el foro en discutir por discutir),
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #88671 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    No necesito que me del la razon, cuando en la página del ministerio sobre el REA, sección preguntas frecuentes, en los ejemplos de empresas que deben inscribirse dice (lo que está entre comillas):

    “Empresas de asesoramiento técnico.

    Habrá que tener en cuenta en primer lugar, la naturaleza de los trabajos que desarrollará una empresa de asesoramiento técnico que va a ser subcontratada. Así, si esos trabajos consisten en aportar información teórica o documental, sin la presencia de personal propio de tal empresa en la obra, esa la empresa de asesoramiento técnico no tendría que inscribirse en el REA.

    Sin embargo, si dichas labores técnicas suponen la presencia efectiva en la obra del personal de la empresa de asesoramiento, ejerciendo facultades de dirección y control efectivo sobre los trabajos ejecutados por la otra empresa, entraría en el ámbito de aplicación de la Ley 32/2006, y la empresa de asesoramiento técnico tendría que inscribirse en el REA”.

    Es decir, una empresa de asesoramiento técnico, que tenga personal en obra, pero no ejerza facultades de dirección y control en los trabajos realizados, da la impresión que no debe tampoco inscribirse en el REA. Realizar estudios geológicos durante la ejecución, ¿es ejercer facultades de dirección y control?

    Otro ejemplo algo puñetero. Imaginemos que la empresa A contratista de obra tiene contratado un servicio de catering en obra. No realizan trabajos de construcción pero acceden al espacio físico de la obra y según tu criterio al tener personal en obra, ¿deberían estar en el REA? pregunto.

    #88672 Agradecimientos: 0
    Rebe Rguez
    Participante
    0
    agosto 2008


    logicamente si, mas si en el proyecto de obra viene incluido este capitulo de limpieza de viviendas, pues habitualmente es así…….. de todas formas tambien esta el estudio de seguridad donde debe estar contemplada la limpieza final de obra.Espero te sirva de algo

    #88673 Agradecimientos: 0
    LISKISSME
    Participante
    0
    noviembre 2006


    Una vez más completamente de acuerdo con Oskar, además puedo decir que se preguntó a la inspección de trabajo y la respuesta ha sido la razón que oskar ha dado correctamente una vez mas

    #88674 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    PUes volvemos a la carga, compañero..
    1º- Una empresa que realiza trabajos en obra, no realiza “asesoramiento técnico”, si no “trabajos técnicos de obra”… es muy diferente asesorar que trabajar… Una asistencia técnica dependiente del promotor, dirige y asesora, pero ejecuta la edificación, el muro o la carretera… una empresa de estudios goelógicas, realiza un trabajo técnico de obra… va allí y hace sondeos, etc etc… o un topografo “asesora”…

    En cuanto al catering… ya hice lo que para mí era la distinción fundamental… y es que el caering no hace trabajo “de obra”, el trabajo del camarero no aporta a la construcción, no realiza avances de obra… es un servicio empresarial fuera de los trabajos de construcción.. es igual que el SPA, que es de la empresa X y no de la obra.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #88675 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Luego el criterio es el siguiente:

    Si hace trabajos relacionados con la obra (sean ténicos o de ejecución) y accede a ella, debe tener inscripción en REA.

    Lo digo para que quede claro.

    #88676 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Actualmente, y según la información que yo he recibido (ITSS y Trabajo) así como mi opinión personal… así es
    Saludos

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    #88677 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Pues me queda claro. Muchas gracias, Oskar76

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