- Este debate tiene 25 respuestas, 12 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años, 1 mes por Genrod.
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Vale que el accidente ocurrido en situación de huelga no se considera de trabajo, pero esto sí que no. POR SUPUESTO QUE ES ACCIDENTE DE TRABAJO. (sin ironía por el supuesto planteado que implica un esfuerzo añadido). No sí es accidente de trabajo. De hecho tienes antecedentes jurisprudenciales a la patada.
Te transcribo tan solo uno extraido de una sentencia (favorable)
“De todas formas, este tipo de accidentes tiene unos límites, con el fin de acotar qué se puede considerar como Accidente de Trabajo en estos casos: ¿ Los Ratos de ocio, asueto y esparcimiento de los trabajadores en misión quedarían excluidos a la hora de calificar un accidente ocurrido en estas circunstancias como laboral? No, ya que se considera como una consecuencia obligada derivada del desplazamiento, que el trabajador se ve obligado a realizar con ocasión de la tarea o actividad encomendada por el empresario. Existe una conexión remota, pero la hay.”Todo accidente ocurrido en situación de desplazado por mandato de la empresa (aún fuera de horario) y salvo los supuestos especificamente excluidos en los que ha habido un incremento innecesario del riesgo por parte del trabajador han de ser declarados AT.
Estamos hablando de situaciones de riesgo en el trabajo. Una vez se determine que el trabajo fue el factor desencadenante que provocó el infarto, evidentemente que se considerará accidente laboral.
Saludos cordiales
Eso mismo indicaba el compañero qué defendía la postura de considerarlo AT. Ahora bien, si yo soy la mutua, defiendo qué no es AT hasta el final.
Considero que las mutuas poco pueden hacer cuando se demuestra que el trabajo fue el factor desencadenante que produjo el infarto y además hay sentencias que abalan casos similares.
Atentamente
ok
Y, perdón por la expresión, irte a un bar, ponerte hasta las cejas, contratar a una “profesional” y ponere a hacer la maratón con ella no es aumentar el riesgo???….
El supuesto planteado, es sin duda, un claro aumento del riesgo, y dudo mucho que fuese declarado como AT."Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"
Estaba intentando pasarte una sentencia pero por lo torpe en estas lides que soy no puedo. No obstante lo que te señala Carloss. Motivaciones para defender un AT cuando estas desplazado hay, os pasare unos cuantos marginales de sentencias para que veas que muchos piensan como ese forero.
Estimados compañeros:
Me suena el caso, es más, creo recordar que fue la mujer quien puso la demanda reclamando la aclaración de contingencias.
Lo que no se la medida preventiva que propuso el técnico de prevención tras el accidente mortal.
Me tengo que replantear lo de recetar viagra a los comerciales y técnicos externos, pero es que por otro lado si no desfogan satisfactoriamente puede darles por beber… ¡qué complicado!
Un saludoJavier
EN la legislación Argentina no se considera el infarto como accidente laboral, salvo casos en los cuales se pueda probar que no había antecedentes y que debido a presiones, strees, y otros factores se alla producido el mismo, de existir antecedentes clínicos, es poco probable que se lo considere accidente laboral.
El tema es largo y complejo, pero en lineas muy generales estos son los elementos primarios que se deben tener en cuenta.Por supuesto, que es lo que se ha venido diciendo hasta ahora y contestando a la pregunta de Lesgos.
Creo que ha quedado claro…
Saludos cordiales.
un compañero mi hace 8 años se lo consideraron enla mutua comoaccidente laboral
Si es considerado accidente de trabajo siempre y cuando suceda en lugar y tiempo por la razones que has puesto de manifiesto así se pronuncia los tribunales en las sentecias.
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