- Este debate tiene 21 respuestas, 14 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años, 1 mes por trabajoyseguro.
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Hola
¿que hacer si el gerente alquila maquinaria (plataforma elevadora) o contrata empresa para obra o servicio puntual y no me lo comunica? ¿Que harias vosotros en mi caso?
saludosque eres el tecnco de la empresa? el coordinador? q…
Ley en mano. Sentarte a hablar con él y comentarle que estais incumpliendo la Ley sino haceis nada referente a subcontratas.
Soy tecnico intermedio y dependo de spp
No te compliques la vida, comunícaselo por escrito a tu jefe y que el se “pelee” con el gerente.
Y lo del perfil para que lo tienes.Saludos
Entonces a vivir.
Si no estás informado no eres culpable de nada, y menos siendo SPP cuya función es asesora.El único problema que podrás tener será de satisfacción personal en tu trabajo, pero eso es otra cosa. ¿O no?
Y a mi también me ningunea constantemente, y los mandos intermedios también, bueno al menos lo intentan. Que hago yo, pues escribir y entregar informes, con acuse de recibo, de todos los ninguneos que tengan que ver con mi profesión, en mi caso seguridad laboral. Esta profesión en la actualidad y lo que parece ser, el futuro, no es para personas que se dejen ningunear, así que a escribir.
Ojo con esos comentarios de que tu función es puramente asesora y que si no sabes no respondes. Ojear las múltiples sentencias que hay y la ponencia del Magistrado del Tribunal Constitucional titulado “Las responsabilidades de los técnicos de prevención” de Eduardo González Biedma, Profesor titular de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Sevilla y Letrado del Tribunal Constitucional. Si no lo encontrais por la red, me la pedís que os la envío.
Yo pensaba así hasta que asistí a una serie de conferencias de Responsabilidades del Técnico en Prevención, y en la actualidad lo que en esas conferencias señalaron, está reflejandose en las sentencias.
El artículo al que Pecoro hace referencia lo podéis encontrar en
Un saludoEntra o regístrate para ver los enlaces Lo que dice este artículo es lo siguiente:
“Esta conclusión se sustenta, sobre todo, sobre las facultades ejecutivas que tiene ex lege concedidas. Las mismas invitan a determinar que éste, antes que el mismo empresario, es quien tiene en muchos casos la potestad más inmediata de decidir en materia preventiva. De este modo, podrá ser declarado responsable penalmente cuando asuma funciones que no sean las de mero asesor o consultor”.
Por tanto, aunque bien es cierto que algunos SPP llegan a tener cierta capacidad ejecutora y de decisión (lo cual nunca debería suceder), lo normal y lo legal es que su función sea asesora, y por lo tanto nunca decisoria y desde luego nunca ejecutiva, por lo que la responsabilidad penal se limita en gran medida (aunque no se elimine del todo), sin perjuicio del caso concreto y del juez de turno.De Locos, yo creo que dice bastante más que las concluisones que señalas. Y sobre todo para las grandes empresas que se difumina la figura del empresario, más. Y no digamos para las administracipones públicas, que ¿quien es el empresario?, en resumen yo creo que dice ese artículo mucho más.
Lo mejor: hacerle firmar un escrito, donde pongas que el gerente D…. acepta que trabajen, sin poseer la documentación previa, en la obra, la maquina tal o la contrata pascual. Ademas, por supuesto, comunicarselo a tu jefe.
Ya verás como en poco tiempo el gernete te avisa de todo. Suerte.
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