Una empresa que ofrece la instalación de paneles solares a empresas y particulares cuyos empleados ocupan puestos de trabajo como administrativos y comerciales y que contratan a otra empresa la instalación de estos paneles, ¿qué responsabilidad preventiva tienen respecto de la empresa que contrata para la instalación de estos paneles?
Es una obra de construcción, y por lo tanto, debe designar coordinador de seguridad y salud si en la obra participa más de una empresa o una empresa y autónomos. Debemos recordar que no vale con nombrarlo, ya que según la LISOS, el promotor puede ser sancionado administrativamente (más complicado en otros ámbitos) por el mal hacer del coordinador (Lo anterior también es aplicable en el caso de particulares que contraten la instalación de paneles en su casa).
Además, en el caso de empresas, no tiene deber de vigilancia de los trabajos propios de la obra, pero en cualquier caso sí debe coordinar que estos no supongan riesgos para el personal de su empresa o para terceros.
Como yo utilizo el foro para aprender y autoexaminarme, si puedo ayudar, éste es mi correo:
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