- Este debate tiene 37 respuestas, 13 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 12 años, 7 meses por Batalleta.
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Idem de idem con lo comentado por Smallfield.
jaja pues ahí me has pillao!!!
me gusta cuando bala la ovejita : baaaaaaaaa, tralarararara, y cuando le contesta el corderito,beeeeeeeee…….
sentencia del 14 de julio de 2009, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, conoció del supuesto en que una empresa de la construcción subcontrató con otra la realización de los trabajos de construcción de la planta y los pisos de una obra.
Uno de los trabajadores de la empresa subcontratada sufrió un accidente de trabajo al caérsele encima parte del encofrado del piso en que se hallaba. Ese trabajador era de nacionalidad marroquí, carecía de permiso de trabajo y residencia en España y no estaba dado de alta en la Seguridad Social.
Uno de los motivos de oposición de la empresa principal consistió en que ese trabajador antes de comenzar a trabajar en la obra exhibió, a fin de identificarse, una tarjeta sanitaria a nombre de Hugo, tanto es así que si bien la gestoría de la empresa subcontratada había tramitado extemporáneamente su alta en Seguridad Social y contrato de trabajo, los datos que ahí figuraban eran los de esa tarjeta sanitaria. Es más, la Guardia Civil al levantar su atestado indicó que el resto de trabajadores de la obra conocían a ese trabajador por el nombre de Hugo.
La Sala de lo Social desestima tales argumentaciones ya no solo al no haber quedado expresamente probadas, sino porque además una tarjeta sanitaria no sirve por sí sola para identificar a nadie; la presencia del trabajador en la obra desde hacia varios no pudo pasar inadvertida a la empresa contratista; el día del accidente no había en la obra empleado alguno de la empresa principal y sin que se haya acreditado que los días previos hubiera mayor vigilancia. La sentencia observa que si la contratista desconocía en efecto la identidad del trabajador durante todo el periodo de tiempo que éste llevaba trabajando “debe atribuirse a la negligencia consciente y propia de quien no pregunta demasiado porque los precios que satisfacen a los subcontratados aconsejan mirar hacia otro lado”
Enseñale el teeeeeeceeeeeeeeeeeeeeeeee!!!! riau, riau
Hola,
respetar a los inmigrantes esconde en lo más profundo de ti ese sentimiento franquista que dejaste ver entre lineas ( E Fromm decia la escases nos hace enemigos ) España ya cambio está en crísis pero es una Democracia
y un gran País.Bueno, muy bueno, sin duda estos momentos de buen humor son muy necesarios para mantener el tipo de los prevencionistas. Hya qye incluir en la evaluacion de riesgos del prevencionista un apartado en medidas preventivas “anti riesgos psicosociales”
En el ejemplo de la sentencia estamos en un caso de subcontratación de PROPIA ACTIVIDAD, y es por eso por lo que hay responsabilidad solidaria (tal y como dice el ET).
En cualquier caso, no creo que el accidente fuese por no tener TCs, ni que no tener TCs (no estar dado de alta) sea el mayor de los problemas que tenga la empresa principal (sera un “daño” añadido, pero no el principal).
se les pregunta por el modelo de bozal, jeje
Suena a broma pero ninguno te ha dicho que por si acaso lo mimnimo que debes de hacer es asegurarte de que el pastor este dado de alta el la SS nien como trabajador autonomo o trabajador ajeno y estar al corriente de pago.Ademas y si ves que pudiera haber alguna manera de que pueda tener a su alcance algo que entrañe un peligro, yo le daría unas pequeñas advertencias que sirvieran como formación especifica y le haría firmar la formación.
Siento ser aguafiestas pero entiendo que si prevensol hace la pregunta es por que realmente quiere una respuesta y no se tomen a broma la consulta.
Un saludo, BEEEEEEEEEEanda!!!! dale la informacion de los riesgos de la planta y las normas y dejate de bromas !! si no esta dado de alta no es problema de prevencion
Buenos días
Y sin querer aguar las “fiestas”… ¿Qué tiene que ver con la prevención que el pastor esté de alta en la SS y al corriente de sus pagos??? Eso es algo laboral/administrativo, que no preventivo… pagar su seguridad social no le va a servir de EPI…
En todo caso, asegurarse que ha recibido la información de riesgos de las plantas, y punto…
Saludos"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"
El empresario nos contrata para que no tener problemas de seguridad ni con Inspección en caso de accidente.En caso de que el pastor tenga un accidente y no este dado de alta en la SS le convierte en un problema de la empresa que le ha dejado entrar en sus instalaciones y deberá de hacerse cargo y apechugar con todo lo relacionado con el accidente en caso de que pasara algo.Es lo mismo y lo pongo como ejemplo fácil -La señora de la limpieza que limpia la escalera del portal de tu cas a veces(sobre todo en pueblos pequeños)es la señora Maria vecina del portal de al lado.a pasado que DªMaría se cae por las escaleras al pasar la fregona y demanda a la comunidad que tiene q apechugar con todo lo que le caiga.
Por supuesto que con la coordinación de actividades empresariales como 1ºcondición debas de asegurte de que está dado de alta en la SS y luego informarle y acreditar la formación especifica.Ahora mientras no pasa nada todo el mundo es muuuuuuuuu listo.BEEEEEEEEEEEEELo dicho, y a las ovejas, que le pidan los TCs (por supuesto por CAE) a las ovejas, no sea que tengan un problema y se tengan que hacer cargo de ellas.
Asi nos luce el pelo luego.
por cierto, ¿a las ovejas se les hace entrega de EPI? si no es así, haz un escrito y que te lo firmen!!!
Tienes que ver si las ovejas tienen maracado CE, si no te traes unas OCAS
Jajaja
Pero si al pastor toca algo y se electrocutado (os recuerdo que es un parque solar), lo sacas fuera con una carrteilla y dices que le ha dado un rayo.Y si no mejor les llamas a los graciosillos y que apechugen ellos y que les parta un rayo a ellos.
Beeeeeeeeeeee -
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